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Detalle trámite
Justificación de gastos correspondientes a la prestación de servicios de oficina de rehabilitación
Qué es
El procedimiento permite al TITULAR de un expediente de BARRIS (el Ayuntamiento o su representante) realizar la JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES asociadas a LA ACTUACIÓN DE LA OFICINA DE REHABILITACIÓN en el marco del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 2021-2026 (expediente tipo BARRHB).
En la página web del Programa de Barrios:
Puede obtener:
- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.
- HERRAMIENTAS GUÍA, destacando entre ellas:
- Guía práctica para las Direcciones Territoriales y Ayuntamientos.
- Manual para las Direcciones Territoriales y Ayuntamientos.
- Formatos o documentos normalizados a presentar en el trámite.
- DOCUMENTACIÓN PARA la FASE DE GESTIÓN DE LAS AYUDAS.
Dudas sobre el trámite:
- Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. BOE núm. 239 de 06-10-2021
- RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2022, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan de...
- RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2022, de la vicepresidencia segunda y conselleria de vivienda y arquitectura bioclimática, por la que se incrementa la cuantía máxima de la convocatoria de ayudas del Programa de Ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan de recuperación,...
A quién va dirigido
La solicitud, aportación documental o justificación de inversión, en su caso, la realizará el titular del expediente de ayudas BARRIS/2022.
El solicitante debe ser titular del correspondiente expediente del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, concedido por Resolución de la Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana, bien en la Primera resolución parcial (Resolución de 2 de diciembre de 2022) o bien en la Segunda Resolución Parcial (Resolución de 23 de diciembre de 2022)
Cómo se tramita
- Justificación de inversiones asociadas a la actuación de la oficina de rehabilitación.
- Alegación/Aportación documental.
03007 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Alegación / Aportación
Artículo 73. Cumplimiento de trámites. (Ley 39/2015 de Procedimiento administrativo común)
1. Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de diez
días a partir del día siguiente al de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la
norma correspondiente se fije plazo distinto.
2. En cualquier momento del procedimiento, cuando la Administración considere que alguno de los actos
de los interesados no reúne los requisitos necesarios, lo pondrá en conocimiento de su autor,
concediéndole un plazo de diez días para cumplimentarlo.
3. A los interesados que no cumplan lo dispuesto en los apartados anteriores, se les podrá declarar
decaídos en su derecho al trámite correspondiente. No obstante, se admitirá la actuación del interesado y
producirá sus efectos legales, si se produjera antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que
se tenga por transcurrido el plazo.
En todo caso, las obras de rehabilitación deberán estar finalizadas en fecha 30/06/2026 (DOGV Núm. 9320
/ 19.04.2022)
Aportación de documentación al expediente electrónico BARRIS de actuación de urbanización
perteneciente a un expediente de ayuda concedido en el marco del Programa de ayudas a las
actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.
Resolución
30 de octubre de 2026
46003 - València/Valencia
Justificación
El procedimiento permite al TITULAR de un expediente de BARRIS (el Ayuntamiento o su representante) realizar la JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES asociadas a LA ACTUACIÓN DE LA OFICINA DE REHABILITACIÓN en el marco del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 2021-2026 (expediente tipo BARRHB).
Requisitos:
- Se deberá tener todas las resoluciones favorables de las Calificaciones Definitivas de los expedientes BARRHB asociados a los edificios efectivamente rehabilitados del ERRP.
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Administraciones
TEMA
- Vivienda
- Rehabilitación
PERFILES
- Administración y otras entidades
- Entes locales
- Generalitat Valenciana
TIPO
- Ayudas, becas y subvenciones