Comisiones de servicio 2024 de Maestros

Conselleria de Educación, Cultura y Universidades

Etapa actual: Bases y apertura de plazo
Código SIA: 3109773
|
Código GVA: 98947
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Plazo cerrado

Desde 14-05-2024 10:00:00h

hasta 28-05-2024

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Información básica

Convocatoria
Comisión de servicio
Prueba
Concurso de méritos (acceso RESTRINGIDO)
Grupo
Varios grupos
Titulación
Varias titulaciones
Requisitos

1. Puede participar de forma voluntaria en este procedimiento de adjudicación de puestos, en régimen de comisión de servicios, el personal funcionario de carrera del cuerpo de maestros en el que concurran las causas establecidas en la base cuarta, que se encuentre en alguno de los supuestos siguientes:

a) Personal funcionario de carrera dependiente de la Generalitat

Valenciana que se encuentre en situación de servicio activo, en servicios especiales o de excedencia por cuidado de familiares, y que ocupe o tenga reservado un puesto de trabajo con carácter definitivo, o bien lo tenga adjudicado con efectos de 1 de septiembre de 2024. El funcionario o la funcionaria en situación de excedencia o en servicios especiales deberá acreditar que pone fin a esa situación con fecha de efecto anterior o igual al 1 de septiembre de 2024, mediante su solicitud de reingreso ante la dirección territorial correspondiente.

b) Personal funcionario en prácticas dependiente de la Generalitat Valenciana que a fecha 1 de septiembre de 2024 sea personal funcionario de carrera y tenga destino definitivo.

c) Personal funcionario de carrera dependiente de otras administraciones educativas, en situación de servicio activo o en situación de excedencia por cuidado de familiares, que ocupe o tenga reservado un puesto de trabajo con carácter definitivo o lo tenga adjudicado con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2024. El personal funcionario de carrera que dependa de otras administraciones educativas deberá anunciar su participación en el procedimiento según se establece en la base tercera de esta resolución, adjuntando la documentación indicada mediante el trámite establecido.

2. El personal funcionario de carrera dependiente de otras administraciones educativas no podrá participar en este procedimiento por interés particular; únicamente podrá participar en el procedimiento de comisiones de servicio por causas sociales por los motivos justificados establecidos en los apartados 1 a 9.

3. Las personas participantes en esta convocatoria podrán solicitar las plazas correspondientes a las especialidades en las que estén habilitadas para los centros que figuran en el anexo V de la presente resolución. La correspondencia de estas habilitaciones con los puestos que se convocan se encuentra regulada en el Real decreto 1594/2011, de 4 de noviembre (BOE 270, 09.11.2011), por el que se establecen las especialidades docentes del cuerpo de maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de educación.

4. El personal participante, para poder solicitar plazas en el ciclo I de los centros de Formación de Personas Adultas, deberá estar habilitado en la especialidad de Primaria para poder impartir los campos de conocimiento o ámbitos de experiencia en los que se organizan las enseñanzas correspondientes. Asimismo, y de conformidad con lo que se dispone en la disposición transitoria primera del Real decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, anteriormente citado, el personal del cuerpo de maestros que con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, estén ocupando una plaza definitiva en un centro de Formación de personas adultas en el nivel equivalente a 1º y 2º de Educación Secundaria Obligatoria podrán solicitar comisión de servicios a puestos de ese mismo nivel.

5. Asimismo, podrá solicitar plazas de 1º y 2º de Educación Secundaria Obligatoria de materias curriculares el personal funcionario del cuerpo de maestros que ya se encuentre impartiendo alguna de las materias curriculares en estos mismos niveles con carácter definitivo, en virtud de la disposición transitoria cuarta de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo (LOGSE).

6. Las personas participantes podrán solicitar plazas de las especialidades de Pedagogía Terapéutica y de Audición y Lenguaje en Institutos de Educación Secundaria, siempre que cuenten con la habilitación correspondiente.

7. Las personas participantes deberán estar en posesión del certificado de nivel C1 o superior de conocimientos de valenciano de la JQCV o equivalente, de acuerdo con lo establecido en la Orden 3/2020, de 6 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. Todo eso sin perjuicio de que, según lo dispuesto en la disposición transitoria única de la Orden 90/2013, de 6 de noviembre, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, y de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera de la Orden 35/2018, de 22 de agosto, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, los funcionarios o funcionarias dependientes de la Generalitat Valenciana

que no reúnan este requisito lingüístico puedan solicitar la comisión de servicios en puestos en centros docentes públicos de localidades de predominio lingüístico castellano. La competencia lingüística deberá estar registrada en los registros de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV), o en su defecto, deberá acreditarse adjuntando una solicitud que se haya presentado a efectos de que se registre la titulación correspondiente.

Tasas
Importe tasa máxima: ,00

Etapa actual: Bases y apertura de plazo

Fase

Convocatoria

Plazo
Desde 14-05-2024 10:00:00h a 28-05-2024

Información importante

- ANUNCIO DE PARTICIPACIÓN para el personal funcionario de carrera dependiente de otras administraciones educativas.

Plazo: desde las 00:00 horas del 14 de mayo de 2024 hasta las 23:59 horas del 21 de mayo de 2024

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=24748

 

- SOLICITUD GENERAL DE PARTICIPACIÓN:

Plazo: desde las 00:00 horas del 14 de mayo de 2024 hasta las 23:59 horas del 28 de mayo de 2024

PLATAFORMA OVIDOC: https://ovidoc.edu.gva.es/

Correo: comisiones_servicio@gva.es

Publicación
Forma de presentación

La presentación será telemática a través de los enlaces siguientes:

 

Anuncio de participación (PERSONAL DOCENTES DE OTRAS ADMINISTRACIONES EDUCATIVAS: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=24748

 

Todas las personas que deseen solicitar comisión de servicios deberán presentar la solicitud general de participación en esta convocatoria, que se realizará a través de la plataforma OVIDOC (https://ovidoc.edu.gva.es), únicamente en formato electrónico.

La solicitud de participación se presentará junto con la documentación que justifique la causa o causas de petición de comisión de servicios establecidas en la base cuarta. Aquellas personas cuya única causa de solicitud sea el interés particular no deberán presentar ninguna documentación que justifique dicha causa.

Todas las condiciones y requisitos que se exigen en esta convocatoria deben tenerse cumplidos o reconocidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, excepto la competencia lingüística necesaria para el acceso y el ejercicio de la función docente en el sistema educativo valenciano, establecida en la Orden 3/2020, de 6 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, que deberá poseerse con fecha anterior al 1 de julio de 2024.

Las personas participantes se declararán responsables de la veracidad de la información presentada en el proceso de solicitud. La Administración podrá requerir a las personas participantes la documentación original acreditativa de las causas alegadas, así como el mantenimiento de estas.

 

La solicitud de participación en este procedimiento de provisión, así como la aportación de documentación, se realizará exclusivamente de forma telemática. Según está previsto en el artículo 14.2, apartado e, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será válida la presentación de la solicitud ni de los documentos por medios no electrónicos.

 

Si la documentación aportada para justificar los motivos de solicitud de la base cuarta numerados del 1 al 9 no acreditara adecuadamente dichos motivos, la persona interesada pasará a participar en este procedimiento por el motivo descrito en el apartado 10 de la base cuarta (interés particular), siempre que sea personal funcionario de carrera al servicio de la Generalitat Valenciana con destino definitivo en la Comunitat Valenciana a fecha de 1 septiembre de 2024. Las personas funcionarias de otras administraciones, en el supuesto de no acreditar adecuadamente los motivos de solicitud de la base cuarta numerados del

1 al 9, quedarán excluidas del procedimiento.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, no será tenida en cuenta ninguna solicitud ni modificación alguna de la misma ni documentación referida a las causas alegadas. Cualquier dato omitido o consignado erróneamente por la persona interesada no podrá ser invocado por esta a efectos de futuras reclamaciones, ni considerar por este motivo lesionados sus intereses y derechos.

Listado de etapas

Etapa actual: Bases y apertura de plazo

Fecha publicación: 13-05-2024

Plazo cerrado

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