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Detalle empleo público
Orden PJC/1549/2025, de 22 de diciembre, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante de oposición, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
Información básica
Para el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
Para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachillerato o equivalente.
Para el Cuerpo de Auxilio Judicial: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Distribución de plazas
- Turno libre 192
- Diversidad funcional 21
Descripción de plazas
En el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana:
Gestión Procesal y Administrativa:
- Sistema general: 74
- Reserva discapacidad: 8
Tramitación Procesal y Administrativa:
- Cupo general: 91
- Reserva discapacidad: 10
Auxilio Judicial:
- Sistema general: 27
- Reserva discapacidad: 3
Para ser admitidos a la realización de los procesos selectivos, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera, los siguientes requisitos de participación:
Nacionalidad: Tener la nacionalidad española.
Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad legal de jubilación forzosa.
Titulación:
- Para el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
- Para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachillerato o equivalente.
- Para el Cuerpo de Auxilio Judicial: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones propias del Cuerpo al que aspiran.
Habilitación:
- No haber sido condenado o condenada por delito doloso a penas privativas de libertad, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
- No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpos o Escalas de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
- No ser funcionario o funcionaria de carrera del Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten. 4.6 Todos estos requisitos deben reunirse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de toma de posesión como funcionario de carrera.
Forma de pago:
Importe de las tasas por cuerpo:
- Gestión Procesal y Administrativa: 23,33 euros y 11,67 euros para las familias numerosas de categoría general.
- Tramitación Procesal y Administrativa: 15,57 euros y 7,79 euros para las familias numerosas de categoría general.
- Auxilio Judicial: 11,66 euros y 5,83 euros para las familias numerosas de categoría general.
La presentación y el pago de la correspondiente tasa se realizarán por vía electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos – Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ ips.html), mediante el uso del mismo formulario 790 mencionado en la base 5.1 anterior y de acuerdo con las instrucciones que se indican. Las personas aspirantes que estén exentas del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de ésta, adjuntarán en formato electrónico la documentación acreditativa de la reducción o exención.
Excención / Reducción de tasas:
Estarán exentos del pago de tasas:
- Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición. No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad de la persona interesada, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio inscripción en pruebas selectivas.
- Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, en rentas conjuntas, al salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. La justificación de rentas se acreditará mediante la declaración del IRPF del último ejercicio. La condición de demandante de empleo y la acreditación de las rentas podrá verificarse, siempre que la persona solicitante no se oponga, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio inscripción en pruebas selectivas.
- Las familias numerosas, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del cien por cien de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una reducción del cincuenta por ciento los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado. La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las comunidades autónomas que figuran en el Punto de Acceso General. En este caso, siempre que la persona solicitante no se oponga, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
- Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos e hijas de los heridos, heridas, fallecidos o fallecidas, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, que añada una nueva letra al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.
Etapa actual: Bases y apertura de plazo
Convocatoria
La presentación de la solicitud electrónica se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante
La presentación y el pago de la correspondiente tasa se realizarán por vía electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos – Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ ips.html), mediante el uso del mismo formulario 790 mencionado en la base 5.1 anterior y de acuerdo con las instrucciones que se indican
Recurso potestativo de reposición
Recurso contencioso-administrativo
Listado de etapas
Etapa actual: Bases y apertura de plazo
Fecha publicación: 30-12-2025
Plazo cerrado