Convocatoria de procesos selectivos para el acceso por turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. Orden PJC/1437/2024

Conselleria de Justicia, Transparencia y Participación

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Información básica

Convocatoria
Oposición libre
Prueba
Oposición
Grupo
Varios grupos
Titulación
Varias titulaciones
Titulación específica

Titulación:

a) Para el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

b) Para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachillerato o equivalente.

c) Para el Cuerpo de Auxilio Judicial: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

Plazas
2.312

Descripción de plazas

- Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: 731 plazas.

- Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: 855 plazas.

– Cuerpo de Auxilio Judicial: 726 plazas.

Del total de estas plazas se reservan para ser cubiertas por el contingente de reserva personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %:

– Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: 75 plazas.

– Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: 86 plazas.

– Cuerpo de Auxilio Judicial: 72 plazas.

Requisitos

Para ser personas admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera, los requisitos de participación que se indican en el punto 4 de la Orden de convocatoria.

 

Tasas

Forma de pago:

La presentación y el pago de la correspondiente tasa se realizarán por vía electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos - Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html), mediante el uso del mismo formulario 790 mencionado en las bases  y de acuerdo con las instrucciones que se indican.

Importe de las tasas por cuerpo:

– Gestión Procesal y Administrativa: 23,33 euros y 11,67 euros para las familias numerosas de categoría general.

– Tramitación Procesal y Administrativa: 15,57 euros y 7,79 euros para las familias numerosas de categoría general.

– Auxilio Judicial: 11,66 euros y 5,83 euros para las familias numerosas de categoría general.

Excención / Reducción de tasas:

Exención o reducción de tasas.

Estarán exentos del pago de tasas:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición. No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad de la persona interesada, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio inscripción en pruebas selectivas.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se  trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. La justificación de rentas se acreditará mediante la declaración del IRPF del último ejercicio. La condición de demandante de empleo y la acreditación de las rentas podrá verificarse, siempre que la persona solicitante no se oponga, por el órgano gestor mediante el acceso a la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio inscripción en pruebas selectivas.

c) Las familias numerosas, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del cien por cien de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una reducción del cincuenta por ciento los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado. La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en el punto de acceso general. En este caso, siempre que la persona solicitante no se oponga, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos e hijas de los heridos, heridas, fallecidos o fallecidas, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, que añada una nueva letra al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.

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Fase

Oposición

Publicación

Listado de etapas

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Fecha publicación: 30-03-2026

Resultado prueba valenciano

Fecha publicación: 26-03-2026

Corrección de errores de acuerdo del órgano técnico de selección

Fecha publicación: 24-03-2026

Acuerdo de notas del 3.er examen. Plazo de recurso

Fecha publicación: 27-02-2026

Plazo cerrado

Convocatoria realización prueba

Fecha publicación: 05-02-2026

Lista de seleccionados

Fecha publicación: 04-02-2026

Nota informativa

Fecha publicación: 30-01-2026

Lista de seleccionados

Fecha publicación: 19-01-2026

Plazo cerrado

Información de interés

Fecha publicación: 14-01-2026

Plazo cerrado

Consulta de notas

Fecha publicación: 23-12-2025

Acuerdo del órgano técnico de selección convocatoria de ejercicio

Fecha publicación: 11-11-2025

Plantilla de respuestas del ejercicio

Fecha publicación: 23-10-2025

Distribución de aulas

Fecha publicación: 25-09-2025

Convocatoria realización prueba

Fecha publicación: 17-09-2025

Información de interés

Fecha publicación: 11-09-2025

Lista definitiva de admitidos/excluidos. Plazo de recurso. Sede de examen

Fecha publicación: 23-07-2025

Plazo cerrado

Lista provisional admitidos/excluidos. Plazo de alegaciones. Nombramiento tribunal. Fecha de celebración de ejercicio

Fecha publicación: 10-06-2025

Plazo cerrado

Bases y apertura de plazo

Fecha publicación: 19-12-2024

Plazo cerrado

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