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UNIDAD DOCENTE DE MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA - VALENCIA
Orden de 6 de octubre de 1989, de la Conselleria de Sanidad y Consumo, por la que se regula la estructura y funcionamiento de las Unidades Docentes de Medicina Familiar y Comunitaria.DOGV 1189,23/11/89.ORDEN de 27 de septiembre de 2000, de la Conselleria de Sanidad y Consumo.DOGV 3874,09/11/2000.Corresponderá a las Unidades Docentelas siguientes funciones:a) Dirigir, organizar y evaluar la enseñanza de los médicos residentes de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria.b) Desarrollar e impartir el programa de la especialidad.c). Participar en actividades de formación pregraduada.d) Colaborar en las actividades de formación continuada, así como en los estudios clínicos y epidemiológicos de lo Centros de Atención Primaria.La Escuela Valenciana de Estudios para la Salud tiene como objetivo fundamental el desarrollo de la formación y la investigación en las materias de salud. En el cumplimiento de estos objetivos concurre la necesidad deadecuar la asignación de los distintos recursos humanos existentes en la Conselleria de Sanidad, que ejercen funciones predominantemente docentes, considerándose conveniente, al objeto de optimizar dichos recursoshumanos, la adscripción funcional de las unidades docentes de Medicina Familiar y Comunitaria, a dicha Escuela Valenciana de Estudios para la Salud.Las unidades docentes de Medicina Familiar y Comunitaria dependerán, funcionalmente, de la Escuela Valenciana de Estudios para la Salud y orgánicamente de la Dirección General para la Prestación Asistencial.