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Subdirección General de Asesoramiento, Apoyo y Asistencia Técnica
Le corresponde el asesoramiento, apoyo y asistencia técnica a la persona titular de la Dirección General de Fondos Europeos y Sector Público, en todas las actuaciones financiadas con fondos europeos diferentes de los fondos estructurales y no atribuidos a la Subdirección General de Proyectos y Fondos Europeos, en particular en las siguientes funciones:
1. Apoyar la coordinación de las direcciones de programas de las consellerias, a las que corresponden las siguientes competencias:
a) Fijar objetivos concretos para el programa asignado conforme a los objetivos estratégicos que establezca la conselleria.
b) Planificar el programa desde el inicio hasta la finalización incluyendo plazos, hitos y procesos.
c) Elaborar, con carácter previo, la estrategia de dirección y ejecución del programa, que se aprobará por el órgano titular y que formará parte del compromiso de gestión. Iniciar el programa e impulsar las actuaciones necesarias para su ejecución.
d) Controlar periódicamente la ejecución del programa y adecuar las actuaciones incluidas en este, si fuera necesario, para garantizar y optimizar su ejecución.
e) Proponer las mejoras necesarias para el logro de los objetivos del programa. Coordinar y colaborar con los centros gestores y directivos en el desarrollo del programa.
f) Coordinarse con los órganos directivos responsables de la acción de gobierno y participar en las comisiones de coordinación, evaluación y seguimiento que se convocan.
g) Asesorar a la Subsecretaría en relación con la elaboración de instrucciones.
h) Informar los órganos superiores sobre el progreso y la ejecución del programa, y emitir los informes detallados que resulten necesarios.
i) Asegurar una comunicación interna fluida y adecuada a los fines del programa.
j) Elaborar o supervisar el presupuesto necesario para la ejecución del programa.
k) Conocer minuciosamente la normativa aplicable en el programa.
l) Aquellas otras funciones que le sean asignadas por estar determinadas en normas referidas a la gestión de fondos propios de las convocatorias.
2. Diseñar, a propuesta de las consellerias, el plan de formación anual, dentro del plan de formación del órgano competente en materia de formación del funcionariado.
3. Elaborar y mantener actualizado el manual estándar de procedimientos.
4. Elaborar y mantener actualizada la guía plan de control.
5. Elaborar cuanta documentación de carácter básico y común facilite la ejecución de los fondos no estructurales.
6. Seguir los gastos e ingresos de los fondos europeos no estructurales de su competencia.
7. Atender los requerimientos de información de los diferentes órganos de control recabando a tal efecto la información a suministrar por las direcciones de programas.
8. Colaborar en el suministro de información contable y de seguimiento de hitos y objetivos, y proponer las modificaciones que se precisen.
9. Impulsar el establecimiento de instrumentos comunes de consultas y foros.
10. Coordinar y supervisar la difusión de información relativa al Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) a través del portal web de Hacienda y de GVA Oberta.
11. Impulsar, controlar y supervisar la plataforma externa de información y consultoría de fondos europeos no estructurales de su competencia (GVANEXT).
12. Cualquier otra función que le sea encomendada por la Dirección General de Fondos Europeos y Sector Público o derive de la normativa vigente en cada momento en el ámbito de sus competencias y especialmente en relación con los fondos no estructurales de su competencia.
13. Asimismo le corresponde planificar, dirigir, controlar, coordinar y supervisar las actividades del Servicio de Asesoramiento, Apoyo y Asistencia Técnica de los Fondos Europeos no Estructurales de su competencia.