Detalle
De conformidad con el artículo 1 de su ley de creación, la Ley 4/2017, de 3 de febrero, de la Generalitat, la AVSRE es un organismo autónomo de los previstos en el artículo 154 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, al que se le encomienda, en régimen de descentralización funcional, la ejecución de las políticas de la Generalitat en materia de interior, seguridad pública, protección ciudadana, emergencias y coordinación de policías locales y de los servicios de prevención de incendios y salvamento. Asimismo le corresponde la gestión de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunitat Valenciana, del Servicio de Bomberos Forestales y el desarrollo de la formación de las policías locales y del personal de servicios esenciales y complementarios de intervención frente a emergencias, protección civil, gestión de emergencia, extinción de incendios forestales, y participación de la Generalitat en los consorcios de bomberos, así como la dirección y gestión de la encomienda del Consejo de Seguridad Nuclear a la Generalitat.
Para el cumplimiento de sus fines, la AVSRE tendrá las siguientes funciones:
a) Desarrollar y coordinar la política y los programas en materia de protección civil y gestión de emergencias según las directrices emanadas del Consell de la Generalitat.
b) Elaborar el Plan territorial de emergencia de la Comunitat Valenciana, los planes especiales, los procedimientos de actuación y los protocolos operativos del Centro de Coordinación de Emergencias y del 112 Comunitat Valenciana, en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
c) Gestionar los registros autonómicos siguientes:
c.1) Registro de los planes de autoprotección de las actividades con riesgo establecidas en el Decreto 32/2014, de 14 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Catálogo de Actividades con Riesgo de la Comunitat Valenciana y se regula el Registro Autonómico de Planes de Autoprotección.
c.2) Registro de Bomberos de la Comunitat Valenciana.
c.3) Registro de los Servicios de Voluntariado de Protección Civil de la Comunitat Valenciana.
c.4) Registro de expedientes de concesión de distinciones de la Generalitat en materia de protección civil.
c.5) Registro de Policías Locales de la Comunitat Valenciana.
d) Requerir de las restantes administraciones públicas, entidades públicas o privadas y particulares la colaboración necesaria para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 4/2017.
e) Establecer de manera coordinada con otros departamentos del Consell los medios para fomentar actuaciones que contribuyan a la prevención de riesgos, a la atenuación de sus efectos y en general a la toma de conciencia y sensibilización de la ciudadanía de la importancia de la protección civil.
f) Gestionar el Centro de Coordinación de Emergencias.
g) Gestionar la extinción de los incendios forestales y el Servicio de Bomberos Forestales
h) Coordinar entre sí los servicios públicos o privados que deban intervenir en situaciones de emergencia.
i) Disponer de los mapas de riesgos y elaborar el catálogo de recursos de emergencia y de actividades con riesgo de la Comunitat Valenciana.
j) Promocionar y apoyar la vinculación voluntaria y desinteresada de la ciudadanía a las actividades de protección civil.
k) Ejercer la potestad sancionadora, en los términos establecidos en la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de protección civil y gestión de emergencias.
l) Impulsar y coordinar las actuaciones de las diferentes administraciones para la vuelta de la normalidad tras una situación de emergencia declarada.
m) Participar en los planes de emergencia de carácter estatal y local.
n) Intervenir operativamente en caso de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, en el marco de los diferentes Planes y Procedimientos de Emergencia.
o) Apoyar a los distintos servicios o entidades que intervengan en casos de emergencia en lo relativo a la logística operativa y de comunicaciones.
p) Informar y colaborar en la formación en materia de protección civil a la población en general y a colectivos específicos afectados por los correspondientes planes.
q) Elaborar el Plan Territorial de Emergencia de la Comunitat Valenciana así como los planes especiales y procedimientos de actuación frente a riesgos concretos de ámbito autonómico. Establecer las directrices de elaboración de la planificación de protección civil de ámbito local.
r) Gestionar las funciones que en materia de seguridad radiológica le son encomendadas por el Consejo de Seguridad Nuclear.
s) Ejercer las funciones y asumir las responsabilidades derivadas de su constitución como Operadora de aeronaves pilotadas por control remoto, basándose en la legislación establecida al efecto.
t) Dirigir y gestionar las políticas de la Generalitat en materia de seguridad pública y seguridad ciudadana.
u) Desarrollar la normativa apropiada, tanto en materia de policía local como del personal de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento en la Comunitat Valenciana.
v) Prestar información y asesoramiento jurídico y técnico en las materias que les son propias a los cuerpos de policía local; a los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento; al resto de departamentos del Consell, y a las administraciones correspondientes.
w) Gestionar los expedientes de concesión de reconocimiento, distinciones y condecoraciones al mérito de los cuerpos de policía local, así como de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, y al personal agente medioambiental en el marco de la protección civil.
x) Dirigir y gestionar las políticas relacionadas con la formación de las policías locales y los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, la formación de los servicios esenciales y complementarios de emergencias y de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunitat Valenciana, así como dirigir y gestionar el organismo que tiene asumidas las competencias en esta materia.
y) Aquellas otras que le atribuya la normativa vigente.