Detalle
Detalle Departamento
Delegado o Delegada de Protección de Datos
- Subdelegación de Protección de Datos Adjunta de la Administración de la Generalitat
- Subdelegación de Protección de Datos Adjunta del Sector Público Instrumental
- Subdelegación de Protección de Datos Adjunta del Sector Sanitario
- Subdelegación de Protección de Datos Adjunta del Sector Educativo
- Subdelegación de Protección de Datos Adjunta de Servicios Sociales e Igualdad
a) Informar y asesorar a las personas responsables o encargadas del tratamiento en la Administración pública de la Generalitat y de su sector público instrumental, y al personal que lleve a cabo tratamientos de datos, de las obligaciones que los incumben en relación con la normativa de protección de datos personales.
b) Supervisar el cumplimiento de lo previsto en la normativa de protección de datos y las políticas de la Administración pública de la Generalitat y de su sector público instrumental en esta materia y la asignación de responsabilidades.
c) Inspeccionar los procedimientos relacionados con la protección de datos de carácter personal.
d) Proporcionar el asesoramiento necesario en relación con las evaluaciones de impacto en la protección de datos y supervisar su aplicación de conformidad con el artículo 35 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE general de protección de datos (en adelante, RGPD).
e) Cooperar con la autoridad de control.
f) Actuar como punto de contacto de la autoridad de control en cuestiones relacionadas con los tratamientos, incluyendo la consulta previa a que se refiere el artículo 36 del RGPD.
g) Actuar como punto de contacto con las personas interesadas por lo que respecta a todas las cuestiones relativas al tratamiento de sus datos personales y al ejercicio de sus derechos.
h) Atender las reclamaciones en materia de protección de datos efectuados directamente por las personas interesadas o remitidas por la autoridad de control de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
i) Realizar consultas a la autoridad de control, en su caso, sobre cualquier otro asunto.
j) Emitir recomendaciones a las personas responsables o encargadas del tratamiento en materia de protección de datos.
k) Asegurar que las violaciones de la seguridad de los datos sean notificadas a las autoridades, en coordinación con las personas responsables en materia de seguridad de la información.
l) Elaborar un informe anual de las actividades realizadas y sus conclusiones.
m) Concienciar y formar al personal que participa en las operaciones de tratamiento.
n) Cualesquiera otras funciones que le atribuya la normativa en materia de protección de datos.