Acceso a Cl@u
Detalle trámite
Alegaciones o aportación documental en los procedimientos sancionadores competencia de la Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental, en materia de: Biodiversidad, Caza, Pesca, Comercialización de la madera, y productos de la madera; Espacios Naturales Protegidos, Montes y Vías Pecuarias
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
Desde 20-03-2018 00:00:00h
Qué es
Presentar todo tipo de alegaciones en el seno del procedimiento sancionador, incluida la declaración de reconocimiento de responsabilidad, la manifestación del pago voluntario de la sanción propuesta con la reducción o reducciones pertinentes, así como las alegaciones.
- En el caso de responsabilidad solidaria en la comisión de los hechos, quien acceda al trámite de reconocimiento de responsabilidad y/o la manifestación del pago voluntario cumpliendo todos los requisitos recogidos en el mismo, asume la responsabilidad sobre los hechos, sin perjuicio de las acciones legales que asistan a quién realiza el trámite y a todos los responsables solidarios señalados en el procedimiento sancionador de referencia.
- El pago voluntario de la sanción implica su ingreso íntegro sin posibilidad de fraccionamiento o aplazamiento.
- La terminación del procedimiento sancionador por el pago voluntario de la sanción, NO AFECTA a lo relativo a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236 de 02-10-2015
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. BOE núm. 236 de 02-10-2015
- Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de Caza de la Comunidad Valenciana. DOGV núm. 4913 de 29-12-2004
- Ley de 20 de febrero de 1942 por la que se regula el fomento y conservación de la pesca fluvial. BOE núm. 67 de 08-03-1942
- Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana DOGV núm. 2423 de 09-01-1995
- Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. BOE núm. 280 de 22-11-2003
- Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Forestal de la Comunidad Valenciana. DOGV núm. 2168 de 21-12-1993
- Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana DOGV núm. 7319 de 17-07-2014
- Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. BOE núm. 255 de 24-10-2007
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. BOE núm. 299 de 14-12-2007
A quién va dirigido
Las personas físicas o jurídicas que, teniendo la condición de interesadas en el expediente sancionador, hayan sido señaladas en el mismo como posibles responsables y estén interesadas en presentar documentación en el seno del procedimiento.
Para Alegaciones en el seno del procedimiento:
__________________________________________________________________________________
- Ser persona física o jurídica señalada en el expediente sancionador como presunta responsable o representante de la misma.
Para el reconocimiento de responsabilidad y/o la manifestación del pago voluntario de la sanción propuesta:
__________________________________________________________________________________
- Para desistir o renunciar de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción, debe acreditarse la representación en los términos del artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Para el caso de optar por el pago voluntario, sera requisito necesario que en el seno del expediente sancionador exista una propuesta de sanción únicamente de carácter pecuniario o que habiéndose propuesto además otra sanción de carácter no pecuniario, ésta última haya resultado improcedente, quedando vigente únicamente la propuesta de sanción pecuniaria.
Cómo se tramita
Tramitación presencial
Presentar en los Registros de Entrada indicados en el apartado ¿Dónde Dirigirse? el escrito de alegaciones firmado por la persona presunta responsable o por su representante legal, adjuntando cuanta documentación estime pertinente.
- Para el reconocimiento de responsabilidad y/o la manifestación del pago voluntario de la sanción propuesta, se deberá aportar:
1.- Cumplimentar y firmar el formulario de solicitud
2.- Presentar en los Registros de Entrada indicados en el apartado ¿Dónde Dirigirse? el impreso de solicitud cumplimentado y firmado por la persona presunta responsable o por su representante legal. En este último caso, deberá adjuntarse la documentación que acredite tal representación.
2.- Recibida la solicitud, el órgano competente le remitirá el documento cumplimentado de ingreso de la sanción propuesta, con las reducciones previstas según la legislación vigente.
3.- Realizar el pago íntegro a través de las entidades bancarias colaboradoras.
4.- Presentar el justificante de pago por los Registros de Entrada indicados en el apartado ¿Donde Dirigirse?.
5.- Recibido el justificante, y una vez comprobado que se ha realizado el pago, el órgano competente procederá a dictar la resolución que declare la terminación del procedimiento sancionador en el momento que se procedió al pago de la sanción, salvo en lo relativo a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción.
Advertencia: En caso de reconocimiento de la responsabilidad sin realizar el pago voluntario de la sanción, el impreso de solicitud y la documentación presentada en el paso 2 será unida al expediente, sin suponer necesariamente la terminación del mismo. No obstante, en cualquier momento previo a la Resolución, el interesado podrá acogerse también al pago voluntario, realizando la tramitación correspondiente.
Tramitación telemática:
1.- En el icono superior "Tramitar con certificado" iniciar el trámite de presentación de alegaciones, que será firmado electrónicamente conforme al artículo 11.2 de la Ley 39/2015.
- Para el reconocimiento de responsabilidad y/o la manifestación del pago voluntario de la sanción propuesta, se deberá aportar:
1.- A través de "Tramitar con certificado" de esta misma página, iniciar el trámite de solicitud de pago voluntario y/o reconocimiento de responsabilidad cumplimentando el impreso de solicitud, que será firmado electrónicamente y registrado.
2.- El órgano instructor remitirá tasa 085 debidamente cumplimentada.
3.- Abonar y adjuntar en el trámite telemático el justificante de pago.
4.- Recibido el justificante, y una vez comprobado que se ha realizado el pago, el órgano competente procederá a dictar la resolución que declare la terminación del procedimiento sancionador en el momento que se procedió al pago de la sanción, salvo en lo relativo a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción.
Advertencia: En caso de reconocimiento de la responsabilidad sin realizar el pago voluntario de la sanción, se quedará registrado en el expediente sancionador de referencia, a fin de aplicar la reducción correspondiente de la sanción económica en el momento oportuno.
Procedimientos relacionados
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
- Alegaciones específicas: En el plazo contenido en el pie de alegaciones del acto procedimental al que se pretende alegar.
- Alegaciones generales, aportación de documentos y otros elementos de juicio: En cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia.
- Defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados: En cualquier momento antes de la resolución definitiva del asunto.
- Para el reconocimiento de responsabilidad y/o la manifestación del pago voluntario de la sanción propuesta: En cualquier momento anterior a la Resolución.
Para el reconocimiento de responsabilidad y/o la manifestación del pago voluntario de la sanción propuesta, se deberá aportar:
1.- Impreso de solicitud que recibió junto al Acuerdo de Iniciación, cumplimentado y firmado, disponible a su vez, desde cualquier dispositivo con acceso a Internet a través de la siguiente URL:
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos/pro_documentos?id_proc=19350&id_page=&id_site=&id_caso=docs
2.- Documentos de Acreditación de la representación legal que ostenta, si es el caso, mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán la documentación...
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
03003 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Resolución
Se indicará en el acuerdo de incoación del correspondiente procedimiento.
- No cabe recurso contra los actos de trámite y en el caso de la Resolución definitiva del procedimiento habrá que atenerse al pie de recursos contenido en la misma o en su notificación.
- Para el reconocimiento de responsabilidad y/o la manifestación del pago voluntario de la sanción propuesta, respecto a la Resolución que se dicte con aplicación de las reducciones correspondientes, no cabe recurso administrativo alguno al ser requisito necesario para el trámite, el desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 85.3 de la Ley 39/2015, de 1 de Julio, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Empresas
- Medio ambiente
TEMA
- Medio ambiente
- Gestión ambiental
- Administración pública
PERFILES
- Empresa
- Pequeña y mediana empresa
- Gran empresa
- Establecimientos
- Profesionales y autónomos
SECTOR
- Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales
- Actividades forestales
- Agricultura
- Sanidad vegetal y alimentaria
- Industria agroalimentaria
- Pesca
- Ganadería
- Industria
- Accidentes graves
- Homologaciones y metrología
- Importadores y fabricantes de metales preciosos
- Industrias extractivas. Minas
- Industria química y petroquímica
- Industria agroalimentaria
- Energía
- Energía eléctrica
- Gas natural
- Petróleo
- Producción de energía
- Ahorro y eficiencia energética
- Autoconsumo
- Construcción e instalaciones
- Instalaciones
- Instaladores
- Actuar como empresa instaladora en Comunitat Valenciana
- Construcción
- Agentes de la propiedad inmobiliaria
- Trabajar con la administración
- Agua, saneamiento y residuos
- Suministro y captación de agua
- Residuos
- Saneamiento y vertido
- Salud
- Productos y establecimientos sanitarios
- Sanidad ambiental y alimentaria
- Formación sanitaria especializada
- Salud laboral
- Hostelería y turismo
- Establecimientos turísticos
- Profesionales del turismo
- Bares y restaurantes
- Turismo pesquero
- Comercio
- Quiero abrir una tienda
- Franquicias
- Comercio electrónico
- Quejas y reclamaciones
- Estaciones de servicio
- Talleres de reparación de vehículos
- Artesanía
- Ferias
- Fabricantes e importadores de metales preciosos
- Transporte y tecnología
- Transporte por carretera
- Centrales de mercancías
- Transporte por cable
- Puertos
- Aeropuertos y transporte aéreo
- Transporte marítimo
- Educación, cultura y ocio
- Centros de enseñanza y formación
- Lengua y empresa
- Empresas culturales y audiovisuales
- Espectáculos y actividades recreativas
- Actividades profesionales del deporte
- Instalaciones juveniles
- Actividades de los profesionales
- Agentes de la propiedad inmobiliaria
- Lengua y empresa
- Profesionales del turismo
- Consulta de ingenieros de proyectos ICT
- Profesionales de los transportes
- Profesionales del deporte
- Empresas de trabajo temporal
- Carnets, licencias y tarjetas profesionales
- Actividades financieras y seguros
- Seguros
- Empresas aseguradoras
TEMÁTICA
- Innovación
- Sostenibilidad
- Medio ambiente
CICLO VITAL
- Planificar un negocio
- Comenzar un negocio
- Crecer y consolidarse
- Cambios y cierre
TIPO
- Sanciones, reclamaciones y multas