Aportación de documentación a procedimientos relacionados con el control del cumplimiento de la ley de cadena agroalimentaria

Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca

Código SIA: 3190336
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Código GVA: 105687
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Plazo de solicitud abierto

Desde 01-07-2025 00:00:00h

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Permitir a los interesados aportar documentación en los procedimientos relacionados con el control del cumplimiento de la ley de cadena agroalimentaria: actividades de análisis, actividades de control, procedimientos sancionadores. 


La aportación de la documentación puede ser tanto en respuesta a un requerimiento por parte de la Autoridad de ejecución, como a iniciativa propia.

En la fase de actividades de control y actuaciones previas a la apertura de procedimiento sancionador, el interesado deberá aportar la documentación que se le solicite.


En la fase de procedimiento sancionador, el interesado podrá, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio.
Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.


También podrá presentarse alegaciones a la propuesta de resolución, en su caso.


En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. 


En cualquier momento previo a la resolución, el infractor puede reconocer su responsabilidad, y en este caso se podrá resolver el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda.


Cuando la sanción tenga únicamente carácter pecuniario, el pago voluntario por el presunto responsable, en cualquier momento anterior a la resolución, implicará la terminación del procedimiento, salvo en lo relativo a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por los daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción.
 

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 01-07-2025 00:00:00h
Observaciones

Este trámite no tiene como objeto la presentación de denuncias de incumplimiento de la ley de cadena alimentaria que  se hará a través del trámite 105710.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Este trámite va dirigido a las personas físicas o jurídicas participantes en la cadena agroalimentaria que estén incursos en algún tipo de procedimiento relacionado con la cadena agroalimentaria.

Requisitos

Personas físicas o jurídicas que sean objeto de un procedimiento de control o sancionador en materia de cadena agroalimentaria.

De acuerdo con el artículo 22.5 de la Ley 12/2013, las personas de cualquier naturaleza jurídica que dispongan o tengan la obligación de disponer de información o documentación que pudiera contribuir al esclarecimiento de la comisión de las infracciones tipificadas en esta ley o a la determinación del alcance de la gravedad de las mismas, tienen el deber de colaborar con las autoridades competentes en materia de ordenación del comercio.

A tal efecto, dentro de los plazos establecidos, facilitarán la información y los documentos que les sean requeridos por la autoridad competente en el ejercicio de sus funciones.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

En las actividades de control oficial del cumplimiento de la ley de cadena alimentaria, se realizan requerimientos de información (normalmente, dos) al interesado.
A la vista de la documentación aportada, se puede determinar la conclusión de las actividades de control oficial si no se detectan posibles incumplimientos, la apertura de actuaciones previas al inicio de un procedimiento sancionador para determinar los hechos con precisión, o el inicio de un procedimiento sancionador.
 

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 01-07-2025 00:00:00h

El plazo de presentación de documentación relacionada con procedimientos de control o sancionadores será el que se indique en la comunicación que reciba el interesado del procedimiento en cada caso.
El plazo para presentar documentación de cualquier otro tipo estará abierto todo el año.
 

Forma de presentación
Telemática

Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 4 del Decreto 54/2025, de 15 de abril, del Consell, de simplificación administrativa...

Más
Presencial

a) En las oficinas de asistencia en materia de registros (https://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/registros).
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
 

Dónde dirigirse

Resolución

Plazo máximo

Se podrá iniciar un expediente sancionador en materia de cadena alimentaria cuando se haya determinado la existencia de presuntas infracciones contra la Ley 12/2013, siempre que no se haya producido la prescripción de las mismas.


El plazo máximo para resolver expedientes sancionadores es de diez meses a contar desde el día siguiente al acuerdo de inicio del procedimiento.
 

Cuantía y cobro

En caso de que se imponga una sanción pecuniaria al interesado, se remitirá una carta de pago con las instrucciones y plazos para poder efectuar el pago de la sanción.

Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Observaciones

Las resoluciones de los expedientes sancionadores pueden ser recurridos de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución ante el secretario autonómico de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca.

No obstante, de acuerdo con el artículo 85 de la Ley 39/2015, en caso de que la persona objeto del procedimiento sancionador reconozca su responsabilidad y/o efectúe el pago voluntario de la sanción propuesta las reducciones aplicables estarán condicionadas al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.

La resolución incluirá la valoración de las pruebas practicadas, en especial aquellas que constituyan los fundamentos básicos de la decisión, fijarán los hechos y, en su caso, la persona o personas responsables, la infracción o infracciones cometidas y la sanción o sanciones que se imponen, o bien la declaración de no existencia de infracción o responsabilidad.


En la resolución no se podrán aceptar hechos distintos de los determinados en el curso del procedimiento, con independencia de su diferente valoración jurídica. No obstante, cuando el órgano competente para resolver considere que la infracción o la sanción revisten mayor gravedad que la determinada en la propuesta de resolución, se notificará al inculpado para que aporte cuantas alegaciones estime convenientes en el plazo de quince días.


La resolución del procedimiento podrá incluir disposiciones relativas a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por los daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción.
 

Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
No
Sanciones

La tipificación de las infracciones en materia de cadena alimentaria se encuentra en el artículo 23 de la Ley 12/2013.


Las sanciones aplicables a esas infracciones se encuentran en el artículo 24 de la Ley 12/2013 y son las siguientes:

  • Infracciones leves, entre 250 euros y 3.000 euros.
  • Infracciones graves, entre 3.001 euros y 100.000 euros.
  • Infracciones muy graves, entre 100.001 y 1.000.000 euros.

En caso de que se haya reconocido la responsabilidad y/o se haya realizado el pago voluntario, cuando la sanción tenga únicamente carácter pecuniario, el órgano competente para resolver el procedimiento aplicará reducciones del 20 % sobre el importe de la sanción propuesta, siendo éstos acumulables entre sí.

Las citadas reducciones deberán estar determinadas en la notificación de iniciación del procedimiento y su efectividad estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.
 

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía
  • Empresas
    • Agricultura, ganadería y pesca

TEMA

  • Agricultura, ganadería y pesca
    • Industria agroalimentaria
  • Sanidad y salud
    • Seguridad alimentaria

PERFILES

  • Ciudadanía
  • Empresa

SECTOR

  • Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales

CICLO VITAL

  • Crecer y consolidarse

TIPO

  • Sanciones, reclamaciones y multas