PREGUNTAS FRECUENTES
01 ¿Cómo se paga una tasa empleada en los trámites de Transportes?
La mayoría de tasas de transportes se pagan a través de este enlace:
https://mediambient.gva.es/es/web/transportes/inf-admin/tasas-trans/modelos-046-sara
Si se trata de obtener certificados, ya sea de...
PREGUNTAS FRECUENTES
01 ¿Cómo se paga una tasa empleada en los trámites de Transportes?
La mayoría de tasas de transportes se pagan a través de este enlace:
https://mediambient.gva.es/es/web/transportes/inf-admin/tasas-trans/modelos-046-sara
Si se trata de obtener certificados, ya sea de transportes u otra índole, se usa la tasa I04 que está en el apartado Solicitud de Reconocimiento e inspección.
Recuerde que ha de elegir el lugar de presentación (Valencia, Alicante, Castellón), calcular la tasa, rellenar los datos, y una vez generado el modelo, no olvide de pulsar ACEPTAR en el recuadro superior izquierdo.
Otras tasas como:
1- Trámites relacionados con transporte de viajeros regular de uso general, se paga directamente desde el propio trámite de solicitud de concesión.
2- Trámites de autorizaciones, tarjetas etc de transporte público, privado, de viajeros y mercancías, se paga directamente desde el propio trámite de solicitud de la autorización.
02 Si compro un camión con una determinada antigüedad, ¿podrá entrar en la media de edad de mi flota de camiones?
Desde el pasado 5 de abril de 2022, la modificación del artículo 44.2 del Reglamento de Transportes 1211/1190 ya no tiene en cuenta la antigüedad media de la flota en la adscripción de un vehículo. Por tanto, no existe restricción al respecto.
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=3323
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=17000
03 ¿Me pueden informar como va mi expediente?
Siempre se haga a través del formulario de contacto, una vez recibido, se le dará contestación a la mayor brevedad posible. La contestación será por email o por teléfono. Está abierta a todos los procedimientos, no hay uno específico.
04 En altas de tarjeta de tacógrafo. ¿Cómo puedo saber que situaciones está exento el tacógrafo?
Suelen preguntar con frecuencia en qué casos está exento para no tener que instalar una máquina de tacógrafo en el vehículo. La respuesta se encuentra en este enlace:
https://www.transportes.gob.es/transporte-terrestre/inspeccion-y-seguridad-en-el-transporte/tacografo-digital/legislacion-y-documentacion/excepciones
Si se pone en Google exención uso tacógrafo sale en la primera opción.
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=2867
05 En consultas de sancionador. ¿Dónde me dirijo para resolver una consulta sobre una sanción que me han impuesto?
Suelen ser consultas que es mejor contestarlas por escrito. Deben ir al formulario de contacto.
https://mediambient.gva.es/es/correo-transportes
06 En solicitudes de sustitución por avería: ¿Dónde encuentro el trámite de sustitución de vehículo por avería?
En solicitudes de sustitución por avería: ¿Dónde encuentro el trámite de sustitución de vehículo por avería? Una vez dentro de la página de Fomento se busca: Dentro de “Gestión de Autorizaciones de Transporte” > “tramitar expedientes” > “otras solicitudes” > “Sustituir vehículo averiado”.
Documentación, deben aportar:
Ficha técnica y Permiso de circulación del vehículo sustituto,
El Certificado del taller debe expresar el plazo de reparación aproximado,
El Contrato de Arrendamiento del vehículo sustituto en vigor con duración inferior a 60 días,
El vehículo averiado y el sustituto deben tener la misma clasificación: Pesado por Pesado y Ligero por Ligero.
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=19638
07 En solicitudes de sustitución de un vehículo/copia: ¿Por qué me da error el expediente de sustitución de vehículo?
Hay que escribir la matrícula del nuevo vehículo sobre la matrícula del vehículo que se retira. En el caso de vehículos pesados, se tiene que aportar la Ficha Técnica del vehículo a fin de comprobar el PMR, puesto que la DGT no refleja este dato.
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=3334
08 En tarjetas identificativas de taxis. ¿Por qué no me deja rellenar el impreso apartado B capacitación?
Sucede a veces que cuando rellenan el formulario de datos, cuando llegan al apartado B y le piden el número de capacitación, no les deja el programa introducirlo. La razón es porque no están dados de alta en la aplicación. Para ello deberán enviar un email con una copia del DNI y el certificado de capacitación a la dirección de correo correspondiente según la provincia de la licencia:
Valencia viajeros_val@gva.es
Alicante autorizaciones_sta@gva.es
Castellón autorizaciones_stc@gva.es
Procedimiento para la expedición de la tarjeta identificativa de la persona que conduce el taxi en la Comunitat Valenciana: primera expedición, rehabilitación por caducidad, pérdida o robo sin denuncia, sustitución de vehículo y otros (con tasa).
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16222
Procedimiento para la renovación de la tarjeta identificativa antes de la caducidad o reimpresión de tarjeta identificativa por robo con denuncia (sin tasa). Acceso al procedimiento
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16222
09 ¿Qué requisitos previos debe tener el domicilio fiscal que debe aparecer en esta solicitud?
Solicitudes de nueva autorización de empresa: El domicilio fiscal elegido debe estar registrado en la base de datos de la AEAT.
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=3323
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=17000
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10 ¿Dónde puedo encontrar la plantilla para poder realizar la representación del tacógrafo?
https://www.gva.es/downloads/publicados/in/13092_bi.pdf
Procedimientos:
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=18448
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=2868
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=2867
11 ¿Las subsanaciones se pueden presentar por email?
No: han de introducirse por el mismo expediente del Ministerio, en el apartado específico de subsanar el expediente.
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=20558
12 ¿En que mes del año que me toca visar debo presentar los documentos?
Los meses en los que hay que visar en función del último número del NIF:
En 1: enero
En 2: febrero
En 3: marzo
En 4: abril
En 5: mayo
En 6: junio
En 7: julio
En 8: septiembre
En 9: octubre
En 0: noviembre
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=3340
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=821
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=1355
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=820
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=1254
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=3328
13 ¿Cuándo han de visar las autorizaciones de transporte?
Transporte privado de mercancías y viajeros MPC y VPC: 2022 y cada 2 años (2024, 2026…).
Transporte público de viajeros > 9 plazas VD: 2022 y cada 2 años.
Transporte de ambulancias VS (no hay PROCEDIMIENTOS): 2022 y cada 2 años.
Transporte de VTC: 2022 y cada 2 años.
Transporte de taxi VT: 2022 y cada 4 años (2026).
Transporte público de mercancías MDL y MDP: 2023 y cada 2 años.
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=3340
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=821
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=1355
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=820
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=1254
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=3328
14 ¿Qué diferencia hay entre un transporte público y privado?
Ver Ley de Transportes 16/19887, artículo 102:
1. Son transportes privados complementarios los que llevan a cabo empresas u otras entidades cuyo objeto no es transportar, como complemento necesario o adecuado para el correcto desarrollo de su actividad principal.
2. Los transportes privados complementarios deberán cumplir conjuntamente las siguientes condiciones:
a) Si se trata de transporte de mercancías, éstas deberán pertenecer a la empresa o haber sido vendidas, compradas, dadas o tomadas en alquiler, producidas, extraídas, transformadas o reparadas por ella, constituyendo dicha venta, compra, alquiler, producción, extracción, transformación o reparación parte integrante de la actividad económica principal de la empresa.
Si se trata de transporte de viajeros, los usuarios deben ser trabajadores adscritos a uno de los centros de la empresa u otras personas que asistan a éstos, debiendo cumplirse en este segundo caso las reglas que al efecto se determinen reglamentariamente.
b) El origen o el destino del transporte deberá ser uno de los lugares en que la empresa desarrolle trabajos relacionados con su actividad principal.
c) Los vehículos utilizados deberán hallarse integrados en la organización de la empresa en idénticos términos a los previstos en el artículo 54.2. En este caso, también los remolques y semirremolques utilizados habrán de hallarse integrados en la organización de la empresa a título de propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
d) Los conductores de los vehículos deberán hallarse integrados en la organización de la empresa y contar con las habilitaciones que, en su caso, resulten pertinentes, en idénticos términos a los previstos en el artículo 54.3.
e) El transporte no podrá ser contratado ni facturado de forma independiente. En su caso, su coste deberá incorporarse al precio final del producto o servicio que constituya la actividad principal de la empresa antes de aplicar el Impuesto sobre el Valor Añadido.
3. Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el punto anterior, el transporte quedará sujeto al régimen jurídico del transporte público.
Con objeto de comprobar su cumplimiento, durante la realización del transporte deberá llevarse a bordo del vehículo documentación suficiente para acreditar las condiciones señaladas en los apartados a), c) y d) del punto anterior."
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=3344
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=3323
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=17000
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