Detalle
Detalle Departamento
Oficina de Atención a las Víctimas de la Ocupación
a) Impulsar, seguir y tramitar los informes y protocolos que garanticen la atención y apoyo a las personas víctimas de la ocupación ilegal, sin perjuicio de las competencias de otros órganos o departamentos en esta materia.
b) Coordinar la actuación de las consellerias cuando el ejercicio de sus competencias tenga repercusión en este ámbito.
c) Impulsar la colaboración y cooperación interadministrativa y con entidades de gran representación a través de convenios y acuerdos.
d) Ordenar e impulsar los procedimientos administrativos de compensación de las personas arrendadoras y propietarias en el marco Real decreto ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.
e) Tramitar las bases y convocatorias y coordinar la gestión y ejecución de las líneas de ayudas que en relación con la anti-ocupación se aprueben anualmente en la ley de presupuestos.
f) Diseñar, implantar y supervisar los servicios de información y asesoramiento a la ciudadanía como mecanismo de prevención y lucha contra la ocupación ilegal de viviendas.
g) Elaborar las estadísticas y análisis de datos necesarios para la valoración del impacto de la ocupación ilegal en el mercado de vivienda.
h) Informar y proponer la resolución de los recursos administrativos, quejas y preguntas parlamentarias en el ámbito de sus funciones.
i) Las otras que, en el marco de su ámbito funcional, le encomiende la Dirección General de Vivienda.