Detalle
Detalle Departamento
Dirección Territorial de Trabajo y Labora - Alicante
1. Corresponde a la persona titular de esta dirección territorial velar por el adecuado desarrollo de las funciones en materia de trabajo y las propias de Labora en su ámbito territorial, en tanto que no se encuentren específicamente atribuidas a otros órganos de la Administración.
2. La persona titular de la dirección territorial ejerce las funciones que le atribuyen las disposiciones vigentes.
3. Además, ejerce las funciones de autoridad laboral en la provincia.
4. Contra los actos y resoluciones de las direcciones territoriales, que no pondrán fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que correspondan ante los órganos directivos competentes por razón de la materia, sin perjuicio de las excepciones que establezcan las disposiciones legales.
5. Las personas responsables de las direcciones territoriales de educación, cultura y universidades asumirán las funciones de las direcciones territoriales de trabajo y Labora respectivas en tanto no se doten presupuestariamente y se provean estos puestos.