Detalle
Detalle Departamento
Dirección General de Ciencia e Investigación
Ejerce las funciones establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y las demás previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de política científica y de investigación, planificación estratégica para el desarrollo de la investigación científica, promoción y financiación de la investigación, apoyo al talento investigador y a los parques científicos; implantación y mejora de infraestructuras y equipamiento para la investigación y coordinación de las actuaciones de otras consellerias y entidades de la Generalitat con competencias en estas materias. Y entre otras ejercerá las siguientes competencias:
a) Gestionar los programas de inversión en mejoras e implantación de infraestructuras y equipamientos para la investigación, así como de las infraestructuras científicas de carácter singular.
b) Realizar el seguimiento y evaluación de las actuaciones previstas en los programas operativos e iniciativas de la Unión Europea en materia de I+D+I.
c) Analizar, proponer, impulsar, gestionar, ejecutar y realizar el seguimiento de la política relativa a programas, becas, subvenciones y otros instrumentos de financiación y promoción de la investigación, la ciencia y el desarrollo tecnológico, en su caso, impulsando y coordinando la I+D+i en otras consellerias o entidades de la Generalitat.
d) Impulsar medidas tendentes a potenciar la articulación del Sistema Valenciano de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica y su conexión con el ámbito universitario y estudios superiores.
e) Planificar, coordinar, evaluar y realizar el seguimiento de la política científica, de la investigación, la innovación y de la transferencia de ciencia y tecnología.
f) Canalizar, promover y difundir la presencia, las estrategias y los resultados obtenidos de la investigación y de la innovación pública en materias de su competencia en todos los ámbitos sociales, económicos, académicos, científicos e institucionales, tanto de ámbito nacional como internacional, con el fin de conseguir una participación, implicación y una corresponsabilidad efectiva en el esfuerzo investigador e innovador, así como la captación de los fondos y ayudas necesarias para el impulso de la I+D+i.
g) Fomentar e impulsar la adecuada y eficiente relación, coordinación y encuentro entre la oferta de I+D+i, fundamentalmente de origen universitario, y la demanda existente en dicha materia por parte de los sectores productivos y de la empresa en general, y también de las administraciones públicas, y fomentar la generación y obtención de los recursos correspondientes.
h) Proponer, impulsar, ejecutar y realizar el seguimiento de la política en materia de parques científicos, de institutos de investigación y universitarios e interuniversitarios, y, en general de infraestructuras de investigación y de transferencia ciencia-tecnología en dichos parques e institutos.
i) Promover la colaboración con entidades públicas y privadas, para desarrollar las políticas de investigación científica y desarrollo e innovación tecnológica, asumiendo la coordinación dentro de la Generalitat en relación con la I+D+i vinculada al Sistema Universitario Valenciano.
j) Diseñar y poner en marcha planes, programas y proyectos destinados a la implementación de actuaciones concretas que garanticen el éxito de los procesos de transferencia entre ciencia y tecnología.
k) Evaluar y hacer el seguimiento de convenios y otros instrumentos de cooperación con instituciones públicas y privadas en materia de fomento de la transferencia ciencia-tecnología, sin perjuicio de las competencias que sobre esta materia tiene la Subsecretaría.
l) Realizar la coordinación con la Fundación de la Comunitat Valenciana de Investigación de Excelencia para la planificación, programación y ejecución de actuaciones en materia de apoyo al talento investigador.
m) Gestionar la implantación de academias científicas, culturales y artísticas y el Registro de academias de la Comunitat Valenciana.
n) Cualquier otra que le encomiende la persona titular de la conselleria o le confieran las disposiciones vigentes.