Detalle
Detalle Departamento
Dirección General de Infraestructuras Educativas
- Servicio de Contratación y Asuntos Generales en Materia de Infraestructuras Educativas
- Subdirección General de Infraestructuras Educativas
- Subdirección General de Informática para la Educación e Innovación
- Subdirección General de Coordinación y Apoyo Técnico para la Recuperación Económica y Social de la Comunitat Valenciana en Materia de Educación
Ejerce las competencias previstas en el artículo 70 de la Ley del Consell, y asume las competencias en materia de propuesta, planificación, programación, gestión y ejecución de las infraestructuras educativas y la innovación tecnológica educativa, incluido el aprovisionamiento, desarrollo e implantación de productos, recursos en el ámbito de sus competencias, así como su contratación, asistencia y gestión económico-administrativa. Entre otras, ejercerá las siguientes competencias:
a) Redacción, gestión y supervisión de los proyectos técnicos de construcciones escolares, y la dirección, seguimiento y control de la ejecución de las obras en centros educativos, todo ello con referencia a aquellos cuya ejecución asuma directamente la Conselleria.
b) Planificar y gestionar la tramitación técnico-administrativa de las actuaciones incluidas en el programa «Edificant».
c) Proponer y revisar las delegaciones de competencias en cooperación con las administraciones locales para la construcción, ampliación, adecuación, reforma y equipamiento de centros públicos de la Generalitat.
d) Elaborar las normas de diseño y calidad de los centros docentes.
e) Planificar y estudiar, conjuntamente y en coordinación con los centros directivos competentes, el programa de necesidades de construcciones escolares y la realización de estudios de viabilidad técnica de parcelas, también en lo relativo a las tecnologías de la información y las comunicaciones.
f) La revisión y actualización de los módulos de coste de las obras, así como los precios unitarios de estudios y trabajos relacionados con aquellos.
g) Emitir informes en materia de infraestructuras educativas y sobre todos aquellos documentos urbanísticos referentes a la reserva de suelo dotacional de uso escolar, de conformidad con la normativa vigente.
h) Apoyo técnico y supervisión de la documentación técnica por lo que respecta al cumplimiento de los requisitos mínimos de los espacios exigibles por la normativa específica en cada nivel de enseñanza, en la tramitación de los expedientes relativos a la creación, autorización y modificación de centros privados; así como de los centros públicos que no son de titularidad de la Generalitat.
i) Potenciar, desarrollar y aplicar las tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito de la educación.
j) La gestión de las dotaciones en infraestructura de tecnologías de la información y las comunicaciones para el adecuado desarrollo del sistema educativo.
k) La gestión de las dotaciones para el equipamiento, tanto de carácter general como específico, de los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria y demás dependencias del Departamento, sin perjuicio de las funciones que puedan corresponder a otros órganos y en coordinación con los mismos.
l) Elaborar las especificaciones técnicas y la calificación del equipamiento informático y de las aplicaciones informáticas destinados a los centros docentes.
m) Gestionar el soporte y la asistencia técnica tanto en el equipamiento informático, como en las comunicaciones y en las aplicaciones informáticas de los centros docentes dependientes de esta conselleria, en coordinación con el órgano competente en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones de la Generalitat.
n) La propuesta de convocatorias de ayudas, premios y becas en materia de innovación tecnológica educativa.
o) Planificar y diseñar los itinerarios formativos, en colaboración con el órgano competente en la formación del profesorado no universitario, en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.
p) Planificar, priorizar y coordinar las necesidades en materia informática respecto de aplicaciones, comunicaciones y soportes para el departamento en coordinación con el órgano competente en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones de la Generalitat.
q) Tramitar, proponer y, en general, ejecutar los actos de gestión económica y administrativa que le correspondan, dentro del ámbito funcional del centro directivo y de acuerdo con lo que establecen las disposiciones e instrucciones dictadas por los órganos competentes.
r) Cualquier otra función que le encomienden la persona titular de la Conselleria, la titular de la Subsecretaría o le confieran las disposiciones legales.