Detalle Departamento

SÍNDIC DE GREUGES

03001 - Alacant/Alicante - Alacant/Alicante
Teléfono: 965937500

Fax: 965937554

Rango: Òrgan de la Generalitat Valenciana
Departamentos dependientes
Funciones:

LEY de la Generalitat Valenciana 11/1988,de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios,DOGV 973,30/12/88 y Resolución 126/III de la Comisión de Peticiones de las Cortes Valencianas,por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Síndico de Agravios,DOGV 2114,30/09/93.Le corresponden las funciones de velar por los derechos reconocidos en el Título I de la Constitución Española en el ámbito competencial y territorial de la Comunidad Autónoma Valenciana y como tal velará por el cumplimiento y respeto de los derechos y libertades que asisten a los valencianos en el disfrute de la democracia, siendo, a la vez, fiel garantía de la legalidad y transparencia, acorde con el estado de derecho, de que los actos y resoluciones emanados de los Órganos de la Administración Pública de la Generalitat se atengan a los principios reconocidos en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía. Del mismo modo podrá supervisar la actuación de la Administración Pública de la Comunidad Valenciana, en el ámbito de las competencias que le vienen atribuidas por el artículo 24 del Estatuto de Autonomía y por la presente ley. Estructurar la Institución en áreas especializadas por materias y asignar a cada Asesor el área que estime conveniente. Para el mejor cumplimiento de los fines que tiene asignados, el Síndico de Agravios podrá agrupar las diferentes áreas de la Institución en los siguientes departamentos: Administraciones Públicas. Relaciones con el Defensor del Pueblo. Urbanismo, medio ambiente y calidad de vida. Derechos humanos y protección del menor. La propuesta para su aprobación por la Comisión de Peticiones de las Cortes Valencianas, del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Institución, así como la de aquellas modificaciones que considere conveniente introducir en el futuro, para un mejor funcionamiento de la Institución. Así como todas aquellas otras funciones establecidas en el artículo séptimo.

Horarios:

La información presencial se prestará en las siguientes condiciones:

- En la sede de la Institución, en horario que se extiende desde las 9 a 17 horas, de lunes a viernes.

 

La información telefónica se prestará en las condiciones siguientes:

- Las unidades que tienen encomendada la atención e información telefónica atenderán todas las llamadas en función de la disponibilidad de las líneas.

- Las llamadas telefónicas se atenderán en horario de 9 a 17 horas, de lunes a viernes.

- Desde las 17 horas, todos los días de la semana, funcionará un servicio de contestador automático en el que podrán grabarse mensajes y las vías de contacto para que se atiendan el día hábil siguiente.

Responsable del departamento: ÁNGEL LUNA GONZÁLEZ