Detalle Departamento

CORTS VALENCIANES

46003 - València - València/Valencia
Teléfono: 963188000

Fax: 963876104

Rango: Òrgan de la Generalitat Valenciana
Funciones:

La potestad legislativa dentro la Comunitat Valenciana corresponde a Les Corts, que representan al pueblo. Les Corts son inviolables y gozan de autonomía.

 

Son funciones de Les Corts:

 

a) Aprobar los presupuestos de la Generalitat y las emisiones de Deuda Pública.

 

b) Controlar la acción del Consell.

 

c) Elegir al President de la Generalitat.

 

d) Exigir, en su caso, la responsabilidad política del President y del Consell.

 

e) Ejercer el control parlamentario sobre la acción de la Administración situada bajo la autoridad de la Generalitat. Con esta finalidad se podrán crear, en su caso, comisiones especiales de investigación, o atribuir esta facultad a las comisiones permanentes.

 

f) Presentar ante la Mesa del Congreso proposiciones de ley y nombrar a los Diputados encargados de defenderlas.

 

g) Solicitar al Gobierno del Estado la adopción de proyectos de ley.

 

h) Interponer recursos de inconstitucionalidad, así como personarse ante el Tribunal Constitucional.

 

i) Aprobar, a propuesta del Consell, los convenios y los acuerdos de cooperación con el Estado y con las demás Comunidades Autónomas.

 

j) Designar los Senadores y Senadoras que deben representar a la Comunitat Valenciana, conforme a lo previsto en la Constitución y en la forma que determine la Ley de Designación de Senadores en representación de la Comunitat Valenciana.

 

k) Recibir información, a través del Consell, debatir y emitir opinión respecto de los tratados internacionales y legislación de la Unión Europea en cuanto se refieran a materias de particular interés de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con la legislación del Estado.

 

l) Aquellas otras que les atribuyan las leyes y este Estatuto.

 

LEY ORGÁNICA 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. (DOCV núm. 5238 de 11.04.2006).

 

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ACUERDO de 25 de noviembre de 2015, del Pleno de Les Corts, por el que se aprueba la reforma del Reglamento de

Les Corts. (DOCV num. 7670 de 02.12.2015).

 

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Horarios:

Con carácter general, el Registro de las Cortes Valencianas permanecerá abierto:

- De lunes a viernes de 9 a 14:30 horas y de lunes a jueves de 16:30 a 19:30 horas.

 

*El horario será de lunes a viernes de 9 a 14:30 horas, durante los períodos que la Mesa de Les Corts acuerde como horario de verano y de Navidades.

 

* El Registro de las Cortes Valencianas permanecerá abierto también mientras se encuentren reunidas en sesión plenaria, o esté reunida la Mesa, la Junta de Síndics o cualquiera de las Comisiones parlamentarias.