Solicitud de autorización para la utilización del detector de metales, a excepción de en las playas, en la provincia de Castellón

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte

Código SIA: 2262568
|
Código GVA: 20719
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Qué es

Qué es y para qué sirve

El uso de detectores de metales u otras herramientas o técnicas análogas que permitan localizar restos de naturaleza

arqueológica, aun sin ser ésta su finalidad, deberá ser autorizado por la conselleria competente en materia de cultura.

 

Las personas interesadas en el uso de detectores de metales u otras herramientas o técnicas que permitan localizar

restos arqueológicos en los supuestos no exceptuados en el artículo 37.2 del Reglamento de regulación de las

actuaciones arqueológicas en la Comunitat Valenciana deberán presentar una solicitud en la que

se hará constar, además de los requeridos por las normas reguladoras del procedimiento administrativo, los siguientes

extremos:

a) Actividad que requiere de la utilización del dispositivo, en la que deberá expresarse de forma detallada la finalidad

para la cual se solicita la autorización.

b) Descripción e identificación (marca, modelo y número de referencia) del dispositivo.

c) Ámbito territorial en el que se pretende utilizar el dispositivo.

d) Ámbito temporal del uso del dispositivo, que en ningún caso podrá exceder de un mes natural.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Normativa
  • Decreto 107/2017, de 28 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de regulación de las actuaciones arqueológicas en la Comunitat Valenciana.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Administración

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

La presentación de la solicitud, se realizará exclusivamente por medios telemáticos.

Órganos de tramitación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto
Documentación

La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

a) Solicitud general, a rellenar en el momento de solicitar la subvención a través del formulario electrónico, dónde se hará constar, a través de los diferentes apartados del formulario, los datos relacionados con el solicitante, el representante y las notificaciones

b) Formulario de solicitud específico accesible a través del enlace

http://www.gva.es/downloads/publicados/IN/14436_BI.pdf

c) Plano con la zona acotada donde se va a llevar a cabo la actividad, que deberá ser rubricado por la persona solicitante.

d) Autorización de la persona propietaria, poseedora o autoridad administrativa competente de los terrenos donde se va

a desarrollar la actividad en la que se autorice expresamente esta.

e) Declaración responsable de la persona solicitante por la que se compromete comunicar y, en su caso entregar, los

hallazgos de bienes integrantes del patrimonio cultural valenciano en los términos establecidos en el artículo 35.

 

Cualquier otra documentación que el solicitante considere necesaria para la valoración de su solicitud.

Forma de presentación
Telemática

La solicitud estará firmada por el solicitante o por el representante, en su caso. Para poder tramitar telemáticamente la solicitud, se deberá disponer de certificado digital de persona física o de entidad, todo ello de conformidad con las instrucciones previstas en la página web de la Agencia...

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Resolución

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