Trámite para la aportación de documentación a las solicitudes de reconocimiento de la condición de familia numerosa en la Comunitat Valenciana - Sede electronica
Trámite para la aportación de documentación a las solicitudes de reconocimiento de la condición de familia numerosa en la Comunitat Valenciana
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
Posibilitar la aportación de documentación que haya sido requerida a las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de familia numerosa en la Comunitat Valenciana durante la instrucción de la solicitud presentada.
Requisitos
Haber presentado la solicitud de alta o renovación del reconocimiento de la condición de familia numerosa.
¿Quién puede solicitarlo?
Aquellas personas que han presentado solicitud de reconocimiento de la condición de familia numerosa.
Normativa del procedimiento
- Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas (BOE núm. 15 de 18/1/06).
- Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (BOE núm. 277, de 19/11/03).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 21/10/15.
- Decreto 14/2021, de 29 de enero, del Consell, de regulación del procedimiento de emisión y renovación del título y carné de familia numerosa (DOGV nº 9014, de 5/02/2021).
Formularios y documentos
Plazo
En el caso de aportar documentación a la solicitud a iniciativa propia, hasta que la misma haya sido resuelta por el organismo competente.
En el caso de haber recibido requerimiento de aportación de documentación, diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la recepción, por parte de la persona interesada, de la notificación de subsanación de la solicitud.
Documentación
Se podrá presentar la documentación que la persona solicitante considere necesaria aportar a su solicitud o aquella que haya sido requerida su aportación por el órgano competente.
Presentación
Telemática
EXCLUSIVAMENTE por vía electrónica en la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es.
Donde consultar dudas sobre el trámite
Proceso de tramitación
En la instancia telemática de subsanación, la persona interesada deberá indicar el número de expediente, y adjuntar a la misma la documentación.
órganos de tramitación
La documentación se recibirá por el órgano competente, instructor de la solicitud.
Órganos resolución
Agota vía administrativa
Sí