Programa Eurodisea. Subvenciones destinadas a la financiación de convenios de prácticas profesionales con participantes extranjeros (Solicitud de acogida por parte de empresas y entidades)

Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública

Código SIA: 210796
|
Código GVA: 904
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Plazo abierto

Desde 11-09-2024

Hasta 08-10-2024

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Subvenciones destinadas a empresas y entidades de la Comunitat Valenciana, que tienen por finalidad la financiación de convenios de prácticas profesionales adecuadas al nivel de estudios con los participantes extranjeros, de entre 18 y 30 años, de las regiones activas del Programa Eurodisea.

La duración podrá ser de hasta 6 meses.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
11-09-2024 al 08-10-2024
Observaciones

La fecha de comienzo del periodo de prácticas profesionales será, previsiblemente, el 2 de diciembre de 2024, con una duración máxima de 6 meses.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Empresas y entidades públicas y privadas que estén legalmente constituidas e inscritas en los registros correspondientes de la Comunitat Valenciana.

Requisitos

Las entidades y empresas que deseen concurrir a las ayudas que se convocan deberán cumplir los siguientes requisitos:

 a) Disponer de un centro de trabajo donde la persona candidata desempeñe su práctica, que deberá estar radicado en la Comunitat Valenciana.

b) Tener un número de empleados mínimo de dos personas que facilite la interacción de la persona joven y la calidad de la práctica.

c) Designar un supervisor que instruya, supervise y apoye técnicamente a la persona joven en el desarrollo de la práctica, identificándolo en el informe de oferta.

d) Ofertar puestos cuyas tareas sean ajustadas al nivel de cualificación requerido según la denominación del puesto. Cada oferta debe llevar aparejada su propia solicitud, con un máximo de cuatro solicitudes. Las entidades y empresas públicas y privadas no podrán ofertar puestos que sean idénticos.

 e) No haber obtenido ayudas de minimis por importe igual o superior a 300.000 € en el ejercicio fiscal corriente y en los dos años anteriores, a partir de la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

f) No estar incurso en prohibición alguna para obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones públicas, conforme a los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 g) No ser entidad beneficiaria de ayudas o subvenciones de carácter público o privado en relación con la práctica ofertada.

 h) Disponer de un Plan de Igualdad aprobado, en el caso que le sea exigible a la entidad solicitante, con el fin de posibilitar la efectividad del derecho constitucional de igualdad de mujeres y hombres, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, de igualdad entre mujeres y hombres, y por el artículo 14 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

 

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la solicitud firmada electrónicamente y adjuntando la documentación requerida.

- Cuándo la solicitud no se acompañe de la documentación que de acuerdo con la misma resulte exigible, se requerirá a los interesados para que, en un plazo de 10 días, subsanen la falta o acompañen los documentos necesarios, con indicación de que, si no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución del órgano competente para resolver, de acuerdo con el artículo 68.1 de la LPAC.

- En la concesión de las ayudas se evaluará la oferta, las funciones y tareas a desarrollar, objetivos profesionales, condiciones de integración de la persona joven, así como búsqueda de alojamiento adecuado y condiciones de desplazamiento.

- En caso de ofertas con la misma denominación del puesto y similares características que hayan obtenido la misma puntuación, a efectos de resolver el empate, tendrán preferencia en la concesión, cuando el empate se produzca entre proposiciones de empresas y entidades (privadas) que no estén legalmente obligadas a disponer de un plan de igualdad, las que, al vencimiento de la presentación de ofertas hayan negociado con la representación legal de las personas trabajadoras si la hubiese, y hayan aprobado y tramitado la inscripción de los planes de igualdad en el registro de la Comunidad Valenciana de convenios y acuerdos colectivos de trabajo o equivalente de otras administraciones, aun cuando no estén obligadas legalmente, valorándose además que los planes de igualdad dispongan de un certificado o distintivo de carácter oficial o empresarial.

- Tras la evaluación de los informes de ofertas, la comisión de evaluación elaborará un informe ordenándolas por puntuación asignada, tras agruparlas según la denominación del puesto y similitud.

- Para poder recibir candidaturas, es necesario dar a conocer las ofertas a las demás regiones y a las posibles personas candidatas extranjeras. Para ello la empresa o entidad solicitante generará las ofertas correspondientes en la página web https://eurodyssey.aer.eu/ en el plazo máximo de 5 días, a contar desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud de subvención.

- Una vez que desde el Servicio de Apoyo, Información y Análisis de Programas y Proyectos Europeos se haya comprobado que el contenido de las mismas ofertas es coherente con el de los informes de oferta aportados junto con la solicitud, éstas serán validadas y publicadas en la mencionada web, en el plazo máximo de 5 días, a contar desde el día siguiente al de la generación de la oferta en la web.

- Tras la publicación de las ofertas, las personas gestoras del programa Eurodisea en las regiones extranjeras valorarán la adecuación a priori de las personas candidatas a dichas ofertas. A continuación, enviarán al Servicio de Apoyo, Información y Análisis de Programas y Proyectos Europeos, a través de la intranet de la mencionada web, el dossier y CV de las candidaturas. El plazo máximo de recepción de candidaturas finalizará 15 días antes del comienzo del curso intensivo de español que se proporciona a las personas seleccionadas, antes del comienzo de las prácticas en las empresas y entidades.

- El órgano instructor, a quien corresponderá la tramitación del procedimiento de selección, será el Servicio de Apoyo, Información y Análisis de Programas y Proyectos Europeos, quien tras la recepción de las candidaturas, preseleccionadas y remitidas por las otras regiones a través de su correspondiente dossier en la intranet de la página web https://eurodyssey.aer.eu/ , comprobará la adecuación de estas a los requerimientos de las ofertas y propondrá una sola candidatura a la entidad cuya oferta haya obtenido la mayor puntuación, de entre     aquellas por las que la persona candidata haya manifestado interés. Dicho interés será el reflejado en su dossier de candidatura o manifestado por correo electrónico al Servicio de Apoyo, Información y Análisis de Programas y Proyectos Europeos. En el caso de que varias candidaturas interesadas en una oferta concreta sean consideradas a priori como adecuadas a la misma, se priorizará por orden cronológico de entrada de candidaturas en la web.

- La entidad, en el proceso de selección, podrá comprobar si la persona candidata se adecua totalmente al puesto ofertado, verificando su cualificación, nivel de idiomas y otras capacidades mediante pruebas y entrevistas, que podrán ser telefónicas o por videoconferencia. Asimismo, la persona candidata podrá solicitar directamente las aclaraciones sobre las tareas y condiciones de la práctica que pudieran determinar su decisión de aceptación.

- La entidad comunicará al Servicio de Apoyo, Información y Análisis de Programas y Proyectos Europeos la decisión de aceptación o no aceptación de la persona candidata en un plazo máximo de tres días, contados desde el día siguiente al de la recepción de la candidatura propuesta. En la caso de no aceptación, la comunicación deberá incluir los motivos, debidamente concretados respecto del cumplimiento de la persona candidata de los requisitos descritos en la oferta (formación, idiomas, capacidades tecnológicas y sociales). Si los motivos de no aceptación no estuvieran debidamente concretados, la empresa solo podrá recibir otra propuesta de candidatura si quedara disponible alguna adecuada a su oferta.

- La persona candidata comunicará al Servicio de Apoyo, Información y Análisis de Programas y Proyectos Europeos la aceptación o no aceptación en el plazo máximo de tres días, a contar desde el día siguiente a la última entrevista con la entidad. En el caso de no aceptación por razones de tipo personal, no imputables a la entidad, esta podrá recibir otra propuesta de candidatura en los términos establecidos.

- Finalmente, la comisión de evaluación, a la vista del expediente, del informe de evaluación de las ofertas, de las aceptaciones de las entidades y de las personas candidatas, efectuará las propuestas de resoluciones de concesión de las subvenciones y levantará acta.

- Elevadas las propuestas de resoluciones, la persona titular de Conselleria competente en materia de fondos europeos o la persona titular del órgano en quien delegue, dictará las correspondientes resoluciones, que pondrán fin a la vía administrativa.

- Las resoluciones de concesión de subvención se notificarán a los interesados y deberá fijar expresamente la cuantía de la subvención concedida, así como su posible cofinanciación por el Fondo Social Europeo.

- Las subvenciones concedidas serán publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

- Una vez concedida la ayuda, se podrá realizar un pago anticipado de un 30% del importe anual de la subvención concedida, como entrega de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, previa solicitud que deberá presentarse en el plazo de 1 mes, una vez notificada la resolución de concesión. Previamente al pago, la entidad beneficiaria deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente de la Seguridad Social y no ser deudora por resolución de procedimiento de reintegro.

Resolución

Plazo máximo
El plazo máximo para resolver y notificar será de 6 meses contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de cada convocatoria. Transcurrido el plazo sin que haya recaído resolución expresa, la solicitud de concesión de la subvención podrá entenderse desestimada por...
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Cuantía y cobro
El importe de la subvención será de 1.356,39 euros mensuales por convenio de prácticas, lo que supone el 100 por ciento del coste total, que se dedicará a la financiación del convenio de prácticas por todos los conceptos (incluidos IRPF y Seguridad Social). Siendo la duración máxima del convenio...
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Efecto silencio / Agota vía administrativa
Desestimatorio
/ Sí
Recurso que procede contra la resolución
Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo
Obligaciones
Son obligaciones de la empresa o entidad beneficiaria las establecidas en el artículo 14 de la ley 38/2003, General de Subvenciones, y en particular: - Formalizar un convenio de prácticas con las personas jóvenes extranjeras por un periodo de hasta 6 meses y alta en la Seguridad Social. - Abonar...
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Observaciones

Contra lo dispuesto en la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los...

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Sanciones
El incumplimiento de las obligaciones, condiciones y plazos establecidos de conformidad con la Orden 7/2022 y en la resolución de concesión, la variación de la finalidad de la actuación, la falta de acreditación de la misma o la suspensión del convenio de prácticas antes de su finalización, tanto...
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Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
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