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Ayudas para financiar el fomento de actividades de la participación, asociación y formación del alumnado de formación de personas adultas (FPA), realizadas por las asociaciones de alumnos y alumnas de FPA de centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana sostenidos con fondos públicos.
Organismo: CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Plazo de solicitud:
20-06-2022
-
11-07-2022
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
Objeto
Convocar en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio presupuestario 2022, ayudas destinadas a la financiación de los gastos de funcionamiento y el fomento de actividades de participación, asociación y formación ejecutadas por estas entidades.
Requisitos
1. Tener establecida su sede y ámbito de actividad en la Comunitat Valenciana.
2. Estar inscritas en el censo de confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos y alumnas de centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana a que se refiere la Orden de 2 de agosto de 1988 (DOGV núm. 886, de 18.08.1988), en la fecha de publicación de la presente convocatoria en el DOCV, no siendo necesario estar integradas en una federación para acceder a la subvención.
3. Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Interesados
Las asociaciones de alumnos y alumnas de formación de personas adultas (FPA), de centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos, con sede en la Comunitat Valenciana.
Normativa del procedimiento
- Orden 29/2016, de 17 de junio, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a las asociaciones de madres y padres de alumnos, asociaciones de alumnos, sus federaciones y confederaciones (DOGV nº 7809, de 201/06/2016).
- RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2022, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones para financiar el fomento de actividades de participación, asociación y formación del alumnado de personas adultas (en adelante, FPA), realizadas por las asociaciones de alumnos y alumnas de FPA de centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana sostenidos con fondos públicos y sus federaciones.
- CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 10 de junio de 2022, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones para financiar el fomento de actividades de participación, asociación y formación del alumnado de personas adultas (FPA) realizadas por las asociaciones de alumnos y alumnas de FPA de centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana sostenidos con fondos públicos y sus federaciones.
- CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 10 de junio de 2022, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones para financiar el fomento de actividades de participación, asociación y formación del alumnado de personas adultas (FPA) realizadas por las asociaciones de alumnos y alumnas de FPA de centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana sostenidos con fondos públicos y sus federaciones.
- Ver Orden 29/2016, de 17 de junio (bases reguladoras)
- RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2022, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones para financiar el fomento de actividades de participación, asociación y formación del alumnado de personas adultas (FPA) realizadas por las asociaciones de alumnos y alumnas de FPA de centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana sostenidos con fondos públicos y sus federaciones. [2022/5644]
Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV num. 9364 / 17.06.2022).
Fecha de inicio : 20/06/2022
Fecha fin : 11/07/2022
Documentación
A la solicitud deberán anexarse los siguientes documentos digitalizados en formato PDF:
1. Proyecto de actividades de la entidad solicitante, curso académico 2021-2022.
2. Presupuesto desglosado del proyecto de actividades.
3. Domiciliación bancaria, según apartado quinto, punto 3 de la convocatoria.
Impresos asociados
Forma presentación
Telemática
Donde consultar dudas sobre el trámite
- Correo para dudas funcionales: participacionsocial@gva.es
- Correo para dudas técnicas: generalitat_en_red@gva.es
Normativa
- CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 10 de junio de 2022, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones para financiar el fomento de actividades de participación, asociación y formación del alumnado de personas adultas (FPA) realizadas por las asociaciones de alumnos y alumnas de FPA de centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana sostenidos con fondos públicos y sus federaciones.
- Ver Orden 29/2016, de 17 de junio (bases reguladoras)
- RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2022, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones para financiar el fomento de actividades de participación, asociación y formación del alumnado de personas adultas (FPA) realizadas por las asociaciones de alumnos y alumnas de FPA de centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana sostenidos con fondos públicos y sus federaciones. [2022/5644]
Información tramitación
1. Publicación Resolución de Convocatoria en el DOGV.
2. Cumplimentar la solicitud por medios telemáticos. No serán admitidas las solicitudes presentadas por otros medios.
3. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el órgano instructor del procedimiento publicará en la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte y en la sede electrónica de la Generalitat, una relación de las entidades solicitantes que hayan de subsanar la solicitud o aportar los documentos preceptivos que se especifican, con indicación que, si en el plazo de 10 días no lo realizan, se considerará que desisten de su solicitud, previa resolución que habrá de ser dictada de acuerdo con la legislación básica de procedimiento administrativo común. El acceso a la lista se realizará a través de la sede electrónica de la Generalitat: https://sede.gva.es o a través de la página: https://ceice.gva.es/web/madres-padres-alumnos/subvenciones. La propuesta de resolución provisional se notificará a las entidades solicitantes, mediante su publicación en esta página web. Esta publicación sustituirá a la notificación.
El proyecto de actividades deberá aportarse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso de que se aporte documentación una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, no se tendrá en consideración a los efectos del cómputo de los criterios de valoración.
4. Estudio, valoración de las solicitudes y emisión de informe por la comisión evaluadora, según los criterios establecidos en el apartado noveno de la convocatoria.
5. Propuesta de Resolución de la Subdirección General de Innovación y Calidad Educativa.
6. Resolución de la Dirección General de Innovación Educativa y Ordenación con la especificación de los nombres de las entidades beneficiarias y las dotaciones económicas que les correspondan, así como, en su caso, las solicitudes desestimadas, que se notificará a las entidades solicitantes mediante su publicación en la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte y en la sede electrónica de la Generalitat. Esta publicación sustituirá a la notificación de conformidad con lo que prevé la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo. El acceso a la resolución se realizará a través de la sede electrónica de la Generalitat: https://sede.gva.es o a través de la página: https://ceice.gva.es/web/madres-padres-alumnos/subvenciones
7. Justificación de las ayudas de acuerdo con lo que establece el apartado trece de la convocatoria. El plazo para la presentación de la justificación se establecerá en la resolución de concesión de subvención.
Criterios de valoración
Las solicitudes de ayudas se valorarán conforme a los criterios que se establecen en el apartado noveno de la convocatoria de ayudas.
órganos de tramitación
Organismos
- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA
AVDA. CAMPANAR, 32
46015 - València/Valencia
Obligaciones
Los beneficiarios de las ayudas estarán sujetos a las obligaciones generales derivadas de la normativa vigente sobre subvenciones públicas y que se indican en el apartado catorce de la Resolución de convocatoria.
Plazo máximo
El plazo máximo para resolver y notificar la convocatoria será de seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Vencido el plazo sin haberse notificado ninguna resolución expresa, las personas interesadas podrán considerar desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, según el artículo 25.1 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Observaciones
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes computado en los mismos términos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio que los interesados puedan presentar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Órganos resolución
Organismos
- DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ORDENACIÓN
AVDA. CAMPANAR, 32
46015 - València/Valencia
Cuantía y cobro
La cantidad destinada a estas subvenciones es de 12.500 euros, distribuidos en 5 ayudas de 2.500 euros.