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Detalle trámite
Calificación provisional o de justificación de inversiones en una actuación de urbanización perteneciente a un expediente de ayuda concedido en el marco del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio
Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad
Desde 23-10-2025
Hasta 30-06-2026
Qué es
El procedimiento permite al titular de un expediente BARRIS/2022 del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio solicitar la CALIFICACIÓN PROVISIONAL previa al inicio de las obras de una ACTUACIÓN DE URBANIZACIÓN perteneciente a un ERRP (expediente tipo BARRHB). En una segunda fase, el titular de expediente puede realizar la JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES realizadas durante las obras de urbanización para las que, previamente, debe haber obtenido la calificación provisional positiva.
En la página web del Programa de Barrios:
Puede obtener:
- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.
- HERRAMIENTAS GUÍA, destacando entre ellas:
- Guía práctica para las Direcciones Territoriales y Ayuntamientos.
- Manual para las Direcciones Territoriales y Ayuntamientos.
- Formatos o documentos normalizados a presentar en el trámite.
- DOCUMENTACIÓN PARA la FASE DE GESTIÓN DE LAS AYUDAS.
Dudas sobre el trámite:
- Página web de Fondos europeos para la rehabilitación a nivel de barrios
- CALIFICACIÓN PROVISIONAL o de JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES en la actuación de rehabilitación de un edificio perteneciente a un expediente de ayuda concedido en el marco del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio
- Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. BOE núm. 239 de 06-10-2021
- RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2022, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan de...
- RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2022, de la vicepresidencia segunda y conselleria de vivienda y arquitectura bioclimática, por la que se incrementa la cuantía máxima de la convocatoria de ayudas del Programa de Ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan de recuperación,...
A quién va dirigido
La solicitud, subsanación, aportación documental o justificación de inversión, en su caso, la realizará el titular del expediente de ayudas BARRIS/2022.
El solicitante debe ser titular del correspondiente expediente del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, concedido por Resolución de la Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana, bien en la Primera resolución parcial (Resolución de 2 de diciembre de 2022) o bien en la Segunda Resolución Parcial (Resolución de 23 de diciembre de 2022)
Cómo se tramita
FASE DE CALIFICACIÓN PROVISIONAL:
- Inicio. Solicitud de Calificación Provisional de actuación de urbanización.
- Subsanación.
- Resolución de la solicitud de Calificación Provisional.
- Notificación al interesado.
FASE DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES (Obligatoria Calificación Provisional positiva previa):
- Presentación de documentos justificativos de inversión (Aportación documental)
- Validación o denegación de los justificantes de inversión por el técnico de la Dirección Territorial.
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
La Calificación Provisional es un trámite propio de la gestión de las ayudas concedidas por Resolución de la Dirección General de Vivienda, de la convocatoria para la concesión de las ayudas del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 2021-2026, convocadas mediante la Resolución de 8 de abril de 2022, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática (DOGV Núm. 9320 / 19.04.2022)
El plazo para presentar la solicitud de Calificación Provisional es desde el momento de la adjudicación de las mismas hasta la fecha fin del programa. En todo caso, las obras deberán estar finalizadas en fecha 30/06/2026 (DOGV Núm. 9320 / 19.04.2022)
Documentación necesaria para realizar el trámite.
- Documentos obligatorios:
- CPROVU01: Certificado Solicitud Calificación Provisional firmado por el Secretario (formulario normalizado 12868 - 01 - E)
- CPROVU02: Proyecto de urbanización visado o con informe de supervisión municipal
- CPROVU03: Ficha autoevaluación DNSH con datos de proyecto firmada por el técnico redactor (documento normalizado 12874 - 01 - E)
- CPROVU04: Reportaje fotográfico del ámbito de actuación en el momento previo a las obras
- CPROVU05: Estudio de Gestión de Residuos firmado.
- CPROVU13: Documento de adjudicación del contrato del proyecto
- Documentos opcionales:
- CPROVU00: Formulario Solicitud Calificación Provisional BARURB
- CPROVU11: Autorización administrativa exigible o informe de supervisión municipal
- CPROVU12: Acta de comprobación de replanteo
- CPROVU14: Documento de adjudicación del contrato de la ejecución de las obras
- Otros documentos
Alegación / Aportación
Ley 39/2015. Artículo 73. Cumplimiento de trámites.
1. Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de diez días a partir del día siguiente al de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto.
2. En cualquier momento del procedimiento, cuando la Administración considere que alguno de los actos de los interesados no reúne los requisitos necesarios, lo pondrá en conocimiento de su autor, concediéndole un plazo de diez días para cumplimentarlo.
3. A los interesados que no cumplan lo dispuesto en los apartados anteriores, se les podrá declarar decaídos en su derecho al trámite correspondiente. No obstante, se admitirá la actuación del interesado y producirá sus efectos legales, si se produjera antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo.
En todo caso, las obras de rehabilitación deberán estar finalizadas en fecha 30/06/2026 (DOGV Núm. 9320 / 19.04.2022)
Aportación de documentación al expediente electrónico BARURB de actuación de urbanización perteneciente a un expediente de ayuda concedido en el marco del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.
El expediente electrónico BARURB, de actuación de urbanización, se abre con la Calificación Provisional de BARURB y se cerrará cuando se resuelva la Calificación Definitiva de BARURB.
En todo caso, las obras de urbanización deberán estar finalizadas en fecha 30/06/2026 (DOGV Núm. 9320 / 19.04.2022)
Resolución
30 de junio de 2026
46003 - València/Valencia
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Administraciones
- Ayudas y subvenciones
- Ordenación territorial
TEMA
- Vivienda
- Rehabilitación
- Territorio y paisaje. Urbanismo
TIPO
- Ayudas, becas y subvenciones