Calificación provisional o de justificación de inversiones en una actuación de urbanización perteneciente a un expediente de ayuda concedido en el marco del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad

Código SIA: 3029252
|
Código GVA: 94306
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Plazo de solicitud abierto

Desde 23-10-2025

Hasta 30-06-2026

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Qué es

Qué es y para qué sirve

El procedimiento permite al titular de un expediente BARRIS/2022 del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio solicitar la CALIFICACIÓN PROVISIONAL previa al inicio de las obras de una ACTUACIÓN DE URBANIZACIÓN perteneciente a un ERRP (expediente tipo BARRHB). En una segunda fase, el titular de expediente puede realizar la JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES realizadas durante las obras de urbanización para las que, previamente, debe haber obtenido la calificación provisional positiva.

 

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 23-10-2025 hasta 30-06-2026
Alegación / AportaciónPlazo abierto
Hasta 30-06-2026 23:59:00h
Observaciones

En la página web del Programa de Barrios:

https://habitatge.gva.es/es/web/vivienda-y-calidad-en-la-edificacion/fons-europeus-per-a-la-rehabilitacio-de-barris

Puede obtener:

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.
  • HERRAMIENTAS GUÍA, destacando entre ellas:
    • Guía práctica para las Direcciones Territoriales y Ayuntamientos.
    • Manual para las Direcciones Territoriales y Ayuntamientos.
    • Formatos o documentos normalizados a presentar en el trámite.
  • DOCUMENTACIÓN PARA la FASE DE GESTIÓN DE LAS AYUDAS.

 

Dudas sobre el trámite:

 

A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

La solicitud, subsanación, aportación documental o justificación de inversión, en su caso, la realizará el titular del expediente de ayudas BARRIS/2022.

Requisitos

El solicitante debe ser titular del correspondiente expediente del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, concedido por Resolución de la Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana, bien en la Primera resolución parcial (Resolución de 2 de diciembre de 2022) o bien en la Segunda Resolución Parcial (Resolución de 23 de diciembre de 2022)

 

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

FASE DE CALIFICACIÓN PROVISIONAL:

  1. Inicio. Solicitud de Calificación Provisional de actuación de urbanización.
  2. Subsanación.
  3. Resolución de la solicitud de Calificación Provisional.
  4. Notificación al interesado.

FASE DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES (Obligatoria Calificación Provisional positiva previa):

  1. Presentación de documentos justificativos de inversión (Aportación documental)
  2. Validación o denegación de los justificantes de inversión por el técnico de la Dirección Territorial.

 

Órganos de tramitación
La Calificación Provisional es un trámite propio de la gestión de las ayudas concedidas por Resolución de la Dirección General de Vivienda, de la convocatoria para la concesión de las ayudas del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan de Recuperación,...
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Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 23-10-2025 hasta 30-06-2026

La Calificación Provisional es un trámite propio de la gestión de las ayudas concedidas por Resolución de la Dirección General de Vivienda, de la convocatoria para la concesión de las ayudas del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 2021-2026, convocadas mediante la Resolución de 8 de abril de 2022, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática (DOGV Núm. 9320 / 19.04.2022)

 

El plazo para presentar la solicitud de Calificación Provisional es desde el momento de la adjudicación de las mismas hasta la fecha fin del programa. En todo caso, las obras deberán estar finalizadas en fecha 30/06/2026 (DOGV Núm. 9320 / 19.04.2022)

 

Documentación

Documentación necesaria para realizar el trámite.

  • Documentos obligatorios:
    • CPROVU01: Certificado Solicitud Calificación Provisional firmado por el Secretario (formulario normalizado 12868 - 01 - E)
    • CPROVU02: Proyecto de urbanización visado o con informe de supervisión municipal
    • CPROVU03: Ficha autoevaluación DNSH con datos de proyecto firmada por el técnico redactor (documento normalizado 12874 - 01 - E)
    • CPROVU04: Reportaje fotográfico del ámbito de actuación en el momento previo a las obras
    • CPROVU05: Estudio de Gestión de Residuos firmado.
    • CPROVU13: Documento de adjudicación del contrato del proyecto

 

  • Documentos opcionales:
    • CPROVU00: Formulario Solicitud Calificación Provisional BARURB
    • CPROVU11: Autorización administrativa exigible o informe de supervisión municipal
    • CPROVU12: Acta de comprobación de replanteo
    • CPROVU14: Documento de adjudicación del contrato de la ejecución de las obras
    • Otros documentos

 

Forma de presentación

Alegación / Aportación

Plazo
Hasta 30-06-2026 23:59:00h

Ley 39/2015. Artículo 73. Cumplimiento de trámites.

1. Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de diez días a partir del día siguiente al de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto.

 

2. En cualquier momento del procedimiento, cuando la Administración considere que alguno de los actos de los interesados no reúne los requisitos necesarios, lo pondrá en conocimiento de su autor, concediéndole un plazo de diez días para cumplimentarlo.

 

3. A los interesados que no cumplan lo dispuesto en los apartados anteriores, se les podrá declarar decaídos en su derecho al trámite correspondiente. No obstante, se admitirá la actuación del interesado y producirá sus efectos legales, si se produjera antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo.

 

En todo caso, las obras de rehabilitación deberán estar finalizadas en fecha 30/06/2026 (DOGV Núm. 9320 / 19.04.2022)

Descripción

Aportación de documentación al expediente electrónico BARURB de actuación de urbanización perteneciente a un expediente de ayuda concedido en el marco del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.

Observaciones

El expediente electrónico BARURB, de actuación de urbanización, se abre con la Calificación Provisional de BARURB y se cerrará cuando se resuelva la Calificación Definitiva de BARURB.

En todo caso, las obras de urbanización deberán estar finalizadas en fecha 30/06/2026 (DOGV Núm. 9320 / 19.04.2022)

Forma de presentación

Resolución

Plazo máximo

30 de junio de 2026

Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Órganos resolución
La Calificación Provisional es un trámite propio de la gestión de las ayudas concedidas por Resolución de la Dirección General de Vivienda, de la convocatoria para la concesión de las ayudas del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan de Recuperación,...
Más
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
No

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Administraciones
    • Ayudas y subvenciones
    • Ordenación territorial

TEMA

  • Vivienda
    • Rehabilitación
  • Territorio y paisaje. Urbanismo

TIPO

  • Ayudas, becas y subvenciones