Autorización de subestaciones y centros de transformación TITULARIDAD DE EMPRESA de transporte y distribución de energía eléctrica. MODIFICACIÓN de la instalación. Energía

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Code SIA: 211823
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Code GVA: 16968
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What is

What is it and what is it for

Posibilitar la presentación por empresas de transporte y distribución de energía eléctrica, ante el Servicio Territorial competente en materia de Energía de la Generalitat Valenciana, de la SOLICITUD de AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA previa y de construcción Y de explotación de la MODIFICACIÓN de...

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Incidencias INFORMÁTICAS (solo errores o problemas de carácter informático)

 

- Dispone de una lista de preguntas frecuentes sobre tramitación telemática en la Generalitat Valenciana en: https://sede.gva.es/es/preguntes-frequents

 

- Si pese a ello sigue necesitando ayuda informática, envíe un correo electrónico a: generalitat_en_red@gva.es

 

* IMPORTANTE: se trata de un correo exclusivamente para atender incidencias informáticas, no para otro tipo de cuestiones o problemas.

 

En el correo electrónico que envíe a esa dirección debe indicarse: razón social, NIF, usuari@ (nombre, apellidos, DNI, correo electrónico y teléfono de contacto) con el que se conecta a la aplicación, captura de la pantalla donde se ha producido el error, así como la descripción del problema que se haya producido.

Normative

Who is it addressed to

Companies
Interested people

La empresa de transporte y distribución de energía eléctrica titular de la instalación, o su representante.

 

 

* IMPORTANTE: para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica), ésta deberá inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite.

How to process

Processing process

Son ÓRGANOS COMPETENTES para resolver este procedimiento: bien el Servicio Territorial competente en materia de Energía, o bien la Dirección General competente en esa materia, de conformidad con lo previsto en el Decreto 88/2005, de 29 de abril, del Consell (ver apartado "Normativa").

 

 

Este procedimiento tiene DOS FASES (1ª y 2ª):

 

* 1ª FASE DEL PROCEDIMIENTO:

 

1. PRESENTACIÓN telemática de la solicitud de autorización y de la restante documentación exigida en la primera fase del procedimiento, ANTE el Servicio Territorial competente en materia de Energía, en función de la provincia de la Comunitat Valenciana donde esté ubicada la instalación.

 

Notas:

 

- Se accede al trámite telemático haciendo click bien en el enlace directo indicado en el apartado "¿Cómo se tramita telemáticamente?", o bien en el enlace "TRAMITAR CON CERTIFICADO" que figura en color rojo al inicio del trámite.

 

- Es recomendable atender a la información disponible en el apartado '¿Cómo se tramita telemáticamente? - Información de tramitación' de este trámite.

 

- En este caso ha de marcarse MODIFICACIÓN en el apartado "Tipo de petición" del formulario web de datos generales del trámite telemático.

 

2. A continuación el Servicio Territorial competente comprueba la solicitud junto con la restante documentación presentada y:

 

a) Si son correctas y completas, el órgano competente emite y notifica la resolución de autorización administrativa previa de la modificación de la instalación (y, en su caso, con declaración en concreto de utilidad pública y/o autorización administrativa de construcción de la modificación de la instalación).

 

Esta autorización permite a la solicitante ejecutar la modificación de la instalación.

 

b) Si NO son acordes a la normativa y/o están incompletas, el Servicio Territorial competente realiza requerimiento para que se subsane.

 

La subsanación debe realizarse utilizando el trámite telemático de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite).

 

Tras ello:

 

- Si se aporta la documentación correcta y completa, se procede según se ha descrito en el punto 2.a).

 

- Si, por el contrario, transcurrido el plazo de subsanación correspondiente NO se aporta la documentación acorde a lo exigido en la norma y completa, el órgano competente emite y notifica resolución teniendo por desistida de su petición a la solicitante y archiva el expediente.

 

 

* 2ª FASE DEL PROCEDIMIENTO:

 

1. Una vez ejecutada la modificación de la instalación y efectuadas las verificaciones previas que resulten oportunas en función de sus características, debe realizarse la PRESENTACIÓN de la solicitud de autorización de explotación y de la restante documentación exigida para ello, ANTE el mismo Servicio Territorial competente en materia de energía que tramitó la autorización de la modificación de la instalación en la primera fase del procedimiento.

 

Esa presentación debe realizarse utilizando el trámite telemático de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" de este trámite).

 

2. A continuación el Servicio Territorial competente comprueba la solicitud junto con la restante documentación presentada y:

 

a) Si son correctas y completas, el órgano competente emite y notifica la resolución de autorización administrativa de explotación de la modificación de la instalación modificada, tras lo cual procede al cierre y archivo del expediente.

 

b) Si NO son acordes a la normativa y/o están incompletas, el Servicio Territorial competente realiza requerimiento para que se subsane.

 

La subsanación debe realizarse utilizando el trámite telemático de aportación de documentación ya indicado. (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite).

 

Tras ello:

 

- Si se aporta la documentación correcta y completa, se procede según se ha descrito en el punto 2.a).

 

- Si, por el contrario, transcurrido el plazo de subsanación correspondiente NO se aporta la documentación acorde a lo exigido en la norma y completa, el órgano competente emite y notifica resolución teniendo por desistida de su petición a la solicitante y archiva el expediente.

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Term
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Durante todo el año, pero siempre ANTES DE la construcción Y DE la explotación de la modificación de la instalación.

Documentation

A) IMPORTANTE: la documentación exigida debe presentarse en DOS FASES (1ª y 2ª):

- La correspondiente a la 1ª fase, a través del trámite telemático del presente trámite de la Guía Prop (al que se accede haciendo click bien en el enlace directo indicado en el apartado "¿Cómo se tramita telemáticamente?", o bien en el enlace "TRAMITAR CON CERTIFICADO" que figura en color rojo al inicio del trámite).

- Y la de la documentación requerida en la 2ª fase, utilizando el trámite telemático de "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana". (Ver enlace directo a ese trámite en el apartado "Enlaces").

 

B) DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR en caso de MODIFICACIÓN de la instalación:

- En la 1ª FASE DEL PROCEDIMIENTO:

1. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PREVIA Y DE CONSTRUCCIÓN de la modificación de la instalación, debida y completamente cumplimentada y firmada por la titular de la instalación o su representante (según modelo normalizado SUCTATTE, disponible en el trámite telemático y que figura también como como impreso asociado a este trámite, marcando en él las opciones de "Modificación" y de "Autorización administrativa previa de la instalación" y, además, si procede, las opciones "Declaración en concreto de utilidad pública" y "Autorización administrativa de construcción").

2. Justificante del pago de la TASA correspondiente (pago que puede realizarse directamente en el trámite telemático, o bien con carácter previo).

3. ANTEPROYECTO de la instalación firmado por técnico titulado competente y visado por el colegio oficial correspondiente, en su caso.

4. PROYECTO de la instalación firmado por técnico titulado competente y visado por el colegio oficial correspondiente, en su caso.

5. Declaración responsable del técnico proyectista, en caso de que el proyecto no disponga de visado del colegio oficial correspondiente (según modelo normalizado DECRESTE, incluido como impreso asociado a este trámite y también disponible en el trámite telemático).

6. Declaración responsable de la persona técnica competente proyectista (según modelo normalizado DECRESTP, disponible en el trámite telemático, que figura también como impreso asociado a este trámite), a presentar solo en caso de que se solicite también la aprobación del proyecto (artículo 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico).

7. SEPARATAS TÉCNICAS del proyecto de ejecución que sean de interés para las Administraciones Públicas, organismos y, en su caso, empresas de servicio público o empresas de interés general con bienes o servicios a su cargo, afectadas por la instalación.

8. INFORMES FAVORABLES de las distintas Administraciones Públicas, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o empresas de interés general con bienes o derechos a su cargo afectados por la instalación, en su caso.

9. Si procede, declaración responsable relativa a la presentación de informes favorables de Administraciones Públicas, organismos o empresas de servicio público o de interés general, así como, en su caso, conformidad con el condicionado (de conformidad con el último párrafo del artículo 9.4, el artículo 11.2.c) o el artículo 17 del Decreto 88/2005, de 29 de abril, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen los procedimientos de autorización de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competencia de la Generalitat).

Esta declaración se presentará según modelo normalizado DEREINFA, incluido como impreso asociado a este trámite y también disponible en el trámite telemático.

10. Relación de bienes y derechos afectados, en su caso.

11. Informe emitido por el órgano ambiental, en su caso, en el que se determine la amplitud y el nivel de detalle del estudio de impacto ambiental, así como la relación de organismos e interesados afectados que hay que tener en cuenta en el procedimiento de información pública y consulta del proyecto presentado, en su caso.

12. HOJA RESUMEN de la instalación, firmada por el técnico proyectista y por su titular (según modelo normalizado HOJRESTCT disponible en el trámite telemático y también como impreso asociado a este trámite).

13. Estudio de impacto ambiental que incluya su documento de síntesis, en su caso.

14. Pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales, en su caso.

15. Estudio de integración paisajística, en su caso.

(NOTA: en los planos presentados en formato electrónico se indicará en su cajetín el formato del papel sobre el que se deben imprimir, y se incluirá, a su vez, una escala graduada en el mismo).

 

- En la 2ª FASE DEL PROCEDIMIENTO:

1. SOLICITUD de AUTORIZACIÓN de EXPLOTACIÓN de la instalación modificada, debida y completamente cumplimentada y firmada por la titular de la instalación o su representante (según modelo normalizado SUCTATTE, que figura como impreso asociado a este trámite, marcando en él la opción de "Autorización de explotación").

2. Certificado final de obra de la instalación, firmado por técnico titulado competente y visado por el colegio oficial correspondiente (según modelo normalizado CERINSCT, disponible como impreso asociado a este trámite).

3. Certificado de finalización parcial de obra de la instalación, firmado por técnico titulado competente y visado por el colegio oficial correspondiente (según modelo normalizado CERFIRAO, disponible como impreso asociado a este trámite), en su caso.

4. Declaración responsable del director de la ejecución de las obras, en caso de que el certificado final de obra (o el de finalización parcial) no disponga de visado del colegio oficial correspondiente (según modelo normalizado DECRESTE, incluido como impreso asociado a este trámite).

5. Certificado de inspección inicial, con calificación de resultado favorable, emitido por un organismo de control autorizado (según modelo normalizado CERINRMT, disponible como impreso asociado a este trámite).

6. Declaración responsable excepción puesta en funcionamiento aparamenta gases fluorados de efecto invernadero - Reglamento (UE) 2024/573, en su caso. (según modelo normalizado DECLARACIÓN RESPONSABLE EXCEPCIÓN PUESTA EN FUNCIONAMIENTO APARAMENTA GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO, disponible como impreso asociado a este trámite).

Fee or payment

Tasas:

 

Subestaciones y Centros de transformación - MODIFICACIÓN de instalación:

 

1.1 - Autorización administrativa previa: cantidad fija de 109,54 euros

 

A esa cantidad fija hay que sumar las siguientes cantidades adicionales en función del presupuesto que figure en la preceptiva documentación técnica a presentar en el procedimiento administrativo:

1.2.1 - Por los primeros 6.600 euros de presupuesto: 45,55 euros

1.2.2 - Y por cada 6.600 euros más o fracción de presupuesto: 12,02 euros

Form of presentation
Telematics

1. La presentación telemática de la solicitud y de la restante documentación requerida debe realizarse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. 2. Para esa presentación telemática, la persona (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica...

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Resolution

Appeal proceeding against the resolution
Elevation
Observations

Contra la resolución expresa puede interponerse recurso de ALZADA ante el órgano superior jerárquico del que la ha dictado (que en caso del Servicio Territorial será la Dirección General competente en materia de Energía y, si la resolución la ha dictado esa Dirección General, será la Secretaría...

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Dismissal
Exhausts administrative life
No

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SECTOR

  • Energy
    • Electrical energy

SUBJECT

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LIFE CYCLE

  • Planning a business
  • Growth and consolidation

TYPE

  • Authorizations, permits, licenses and approvals