Quejas

Según las define el Decreto 41/2016, de 15 de abril, del Consell, por el que se establece el sistema para la mejora de la calidad de los servicios públicos y la evaluación de los planes y programas en la administración de la Generalitat y su sector público instrumental, las quejas son los escritos por medio de los que la ciudadanía pone de manifiesto su disconformidad con el servicio recibido, especialmente por tardanzas, desatenciones o conductas que reflejen una deficiencia en la prestación de ese servicio.

El mismo decreto define las sugerencias como las propuestas formuladas por las ciudadanas y ciudadanos para mejorar la calidad de los servicios públicos y, en especial, aquellas que puedan contribuir a simplificar, reducir o eliminar trámites o molestias en sus relaciones con la administración, o a contribuir a un mayor grado de satisfacción por parte de los usuarios de dichos servicios. 

Finalmente, describe los agradecimientos como las manifestaciones por las que las ciudadanas y ciudadanos expresan su felicitación o reconocimiento por el buen funcionamiento de un servicio, centro o unidad de la Generalitat, bien por la óptima prestación de un servicio o por el buen trato recibido en dicha prestación.

Si la queja, sugerencia o agradecimiento que desea presentar se refiere a los servicios públicos de la administración y organizaciones de la Generalitat, haga "click" en el siguiente enlace:

Si la queja, sugerencia o agradecimiento que desea presentar se refiere a los servicios que presta un centro de servicios sociales dependiente de la Vicepresidencia y Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas, puede formularla a través del siguiente enlace:

Si se trata de una queja, sugerencia o agradecimiento que desea presentar se refiere a los servicios que presta un centro o institución sanitaria dependiente de la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública, puede formularla a través del siguiente enlace:

En el caso de que se haya presentado una queja ante un órgano de la Administración o ante alguno de los entes y empresas dependientes de la Generalitat, si la persona que la ha presentado no recibe contestación en el plazo de un mes contado desde la fecha en la que la queja tuvo entrada en el departamento afectado, se podrá presentar una nueva queja por este incumplimiento ante la Inspección General de Servicios a través del impreso al que se puede acceder a través del siguiente enlace: